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Desecha Corte controversia

AGENCIAS

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la controversia constitucional con la que el presidente Andrés Manuel López Obrador buscaba impugnar la orden de designar a los magistrados del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA).

La ministra Norma Lucía Piña Hernández desestimó el juicio intentado por la Consejería Jurídica de la Presidencia contra la orden de designar a los magistrados anticorrupción, una vez que se justifiquen sus capacidades para ocupar el cargo.

La orden que el Mandatario federal intentó impugnar fue emitida mediante una sentencia de amparo en revisión dictada por el Décimo Tribunal Colegiado Administrativo, en el que concedió la protección constitucional al Comité de Participación Ciudadana para agilizar el nombramiento de los 18 magistrados anticorrupción, piezas clave para el completo funcionamiento del Sistema Nacional Anticorrupción.

En su demanda, el Ejecutivo consideró que la sentencia del colegiado consistió en una invasión a su competencia y facultad para designar a los magistrados integrantes de las salas especializadas en materia anticorrupción del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).

sLa ministra Piña Hernández indicó en su decisión tomada la semana pasada que la controversia constitucional es una figura que no procede contra sentencias de amparo en revisión, pues las mismas son inatacables, por lo que el Presidente está obligado a dar cumplimiento con la sentencia. El amparo indica que una vez que Andrés Manuel López Obrador justifique la idoneidad de los nuevos magistrados anticorrupción, la sociedad y las organizaciones de la sociedad civil estarán en posibilidad de emitir sus opiniones acerca de cada uno de los candidatos propuestos para la ratificación.

De acuerdo con la reforma anticorrupción, el Senado de la República tenía hasta el 18 de julio de 2017, fecha de entrada en vigor del Sistema Nacional Anticorrupción, para ratificar a los magistrados que el entonces presidente Enrique Peña Nieto propuso en abril de ese mismo año, pero los legisladores no los han rechazado ni ratificado.

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Escrito en: SNA SCJN

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