Los ministros coincidieron en que el matrimonio infantil es una práctica que afecta el desarrollo a la libre personalidad. (EL UNIVERSAL)
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la prohibición absoluta del matrimonio infantil. Por unanimidad de 10 votos a favor, los ministros validaron ayer martes la eliminación de las dispensas del Código Civil que permitían la unión entre menores de edad en casos graves y justificados en Aguascalientes, realizadas por legisladores de esa entidad.
Al resolver la acción de inconstitucionalidad 22/2016 que interpuso la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Aguascalientes contra la prohibición absoluta del matrimonio infantil, el pleno del máximo tribunal de justicia determinó que las reformas son constitucionales y contribuyen a la protección de los derechos de la niñez.
Los ministros coincidieron en que el matrimonio infantil es una práctica que afecta el desarrollo a la libre personalidad, a la educación, salud, libertad y autonomía de niños y adolescentes. "No debe perderse de vista que con esta prohibición absoluta se busca erradicar el matrimonio infantil, precoz e, incluso, forzado. Como está ampliamente documentado, tales matrimonios ponen en riesgo el ejercicio de los derechos de las niñas, como el derecho a la educación, salud, vida, libertad, y autonomía", argumentó el ministro presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.