Columnas la Laguna

IBERO TRANSFORMA

SEMOVIENTES EN EL CORRALÓN

CLAUDIA GUERRERO S

Hacia finales del siglo XIX en los campos agrícolas del norte de México se constituyeron mecanismos para defender la propiedad privada que cambiaron y afectaron las costumbres de la gente de campo; entre ellas la de limitar el libre pastoreo -tradición de la época colonial-, el herrado de los semovientes, -término jurídico utilizado para el patrimonio que se mueve por sí solo como los caballos, los burros, las vacas, etcétera- y el pago de los impuestos derivadas de las actividades comerciales entre los propietarios de los rumiantes.

Cambiaron las prácticas culturales, los patrones y las diferentes concepciones acerca de lo lícito o legal, por lo que fue necesario crear leyes basadas en las experiencias de lo que acontecía en las maneras del hacer cotidiano de los rancheros. En Coahuila se publicó el 20 de diciembre de 1902 una ley propia de la cultura jurídica de los rancheros que habitaban en el estado a principios del siglo XX, la "Ley de Corridas de ganado". Esta ley establecía que las corridas -reuniones por arreo de ganados que organiza el ganadero dentro de su propiedad-, podían hacerse libremente dando aviso con ocho días de anticipación a los dueños de terrenos colindantes para que recogieran a los animales que se extraviaran; si semovientes ajenos invadían los terrenos, estos se encerraban en los corrales de la finca más cercana, los encargados daban aviso a los dueños de los respectivos semovientes para que los recogieran y si no acudían o si se trataba de animales cuyo herraje se desconocía se avisaba a la autoridad política del municipio. También asentaba que los días 15 de enero, sin citación previa, se reunirían los dueños en las cabeceras municipales para acordar las cuotas que se cobrarían por cabeza de semoviente ajeno que pastara en sus propiedades y la forma en la que se realizaría el pago; de igual forma ese día se acordarían las cuotas por agua y pasto que debería pagarse por las cabezas o reses en tránsito.

Es así como podemos explicar las notas publicadas en el Periódico Oficial de Coahuila en los primeros años del siglo XX; en ellas se notificaba la presencia -dentro de las presidencias municipales- de los semovientes que habían sido capturados, que no habían sido reclamados y que tenían que pagar el forraje consumido durante el encierro "obligado". Una de estas notas dice: Aviso. Presidencia Municipal -Torreón, Coah.- Se encuentran depositados en la Comandancia de Policía de esta Villa, los animales cuyos colores y fierros se expresan a continuación; un burro pardo orejano, un burro josco, una burra mojina, una burra alazana, una burra prieta, un burro pardo, una burra atabacada, todos valuados en $8.00 pesos y con las marcas de herrado al margen; quizás estas prácticas dieron origen a los corralones en dónde ahora se depositan los automóviles decomisados o siniestrados y a los ingresos municipales etiquetados como "semovientes".

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