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ENFOQUE

Transformación política; reforma jurídica

Presidente. Andrés Manuel López Obrador, presidente de la República Mexicana.

Presidente. Andrés Manuel López Obrador, presidente de la República Mexicana.

RAÚL MUÑOZ DE LEÓN

En el horizonte político de México, se advierte de manera clara, que el propósito y objetivo de López Obrador es dejar huella y entrar en la historia como el Presidente de la República que...

logró transformar de manera pacífica la realidad política, social y económica de nuestro país, mediante reformas estructurales de las instituciones que han sido la base de la estabilidad política mexicana.

En tal caso hipotético estaremos ante una sociología del cambio. Cíclicamente, en nuestro país se pone en la mesa de discusión, la cuestión de las reformas estructurales de carácter político con implicaciones y alcances de tipo económico y administrativo, a cuya base está, inevitablemente, la modificación jurídica. Esta tendencia se hace patente con el advenimiento del nuevo gobierno que encabeza Andrés Manuel.

El maestro, académico y político Sergio García Ramírez, con reconocidos méritos como investigador y profesor universitario, decía acertadamente que "ningún sistema jurídico-político está sellado para siempre; todos se hallan sujetos a transformación. No hay reforma definitiva en el sentido de que nada se altera una vez que se ha consumado". El Derecho, como producto de la cultura está en permanente evolución. No es estático, no puede serlo. La natural sabiduría de nuestros viejos, sentenciaba: "Sólo la muerte es definitiva. . . y aun así, quien sabe".

Tratándose de reformas sustanciales hay que decir que los extremos siempre son inconvenientes: es un error propiciar e incorporar cambios innecesarios, regresivos o contraproducentes. Es obvio que ni todos los cambios son acertados, ni tampoco todos son una equivocación. Debe encontrarse el justo medio. Reformar por reformar, no sólo carece de sentido lógico y práctico, sino que resulta peligroso.

Para el propio García Ramírez, las fuentes "regulares" de una reforma jurídica, y por consecuencia política, son las siguientes:

1.- La que se presenta como efecto natural de la evolución de las instituciones jurídicas; cuando se modifican las relaciones interpersonales que son objeto de las instituciones, cambian al mismo tiempo las normas que las regulan. Son las reformas más naturales, aceptables, necesarias.

2.- La reforma que se produce como medio para salir de una crisis, cuando el sistema normativo es incompetente, insuficiente o injusto y puede generar un movimiento revolucionario en el más estricto sentido del término, y provenir de dicho movimiento una nueva Constitución, o sea una organización jurídica diferente y antagónica en muchos sentidos a la que existía antes. Tal sucedió en México durante el Siglo XIX y los primeros años del XX: la Constitución de 1857 no fue capaz de encausar y resolver las legítimas aspiraciones del pueblo. ¿Será este el caso de la vigente Constitución de 1917?

3.- Por último, hay cambios que obedecen a la comezón legislativa y a los dirigentes y funcionarios políticos que quieren reformar porque consideran que es la forma de trascender. Irresistible tentación de algunos de nuestros dirigentes políticos, poner sus ideas personales y sus proyectos domésticos en letras de molde, y sucumben a la seducción de inmortalizar su nombre, o por lo menos intentarlo, teniendo como nutrientes la moda, lo imitación extralógica, la ociosa imaginación. Estos cambios son efímeros y costosos. Por lo tanto inaceptables. Pero suceden.

Toda transformación política tiene como base, necesariamente, una reforma jurídica, comenzando por la Constitucional. Los afanes que tenga por trascender en la historia un régimen político cualquiera, tendrá que apoyarse, para alcanzar justificación y eficacia, en el Derecho; de lo contrario, las modificaciones que se introduzcan a las instituciones políticas, serán ilegítimas, viciadas de origen.

La aparición de los nuevos movimientos sociales han sido motivados por la marginalidad urbana y rural. La gente quiere más oportunidades de participación con un sistema de competencia, en una cancha de igualdad, en la que no haya ventajas para unos y discriminación para otros. Y tanto de competencia política como económica que finalmente es competencia social.

La democracia moderna tiene como caracterización la competencia política. En torno de ella es posible identificar la tarea principal de los partidos políticos, así como las decisiones y definiciones del Estado.

Los ciudadanos que en ejercicio de su libertad individual deciden producir mandatos, y así establecer el bien común; ejercen su voto para elegir a quienes tomarán decisiones, mediante procesos o luchas electorales, inmersas en campañas o acciones partidarias que rehacen la relación ciudadano-representante.

La legitimidad de una reforma deriva de que posea un objetivo claro: el de justicia; sí, porque la esencia de una Constitución moderna reside en que es un proyecto de justicia, en el más amplio y necesario sentido de esta palabra.

La historia de las relaciones sociales en México y del sistema jurídico que las ha regulado, tiene su antecedente inmediato en la Constitución de 1917. Hasta allí llegó una realidad abrupta y un orden legal adverso a los intereses de la mayoría, porque ni el derecho heredado de la Colonia, ni el que produjo el liberalismo mexicano -redentor en tantos sentidos, pero no en éste-, lograron moderar o extirpar la injusticia.

Las reflexiones de Mariano Otero -campeón del juicio de Amparo- en su descripción de México durante los primeros años del siglo insurgente; el admirable voto particular de Ponciano Arriaga, sobre el sistema de propiedad y el trabajo en el campo; las serias advertencias de Luis Cabrera y Andrés Molina Henríquez, sobre los efectos de la inconformidad y el descontento, no han perdido interés para los contemporáneos; son ejemplos bibliográficos de la injusticia y el desacierto que acabaron por ser agentes revolucionarios.

La culminación fue la novedad constitucional de 1917, con sus artículos 27 y 123, y aún el 3º que integran lo que llamamos derecho social mexicano. NADA DE ESO DEBE PERDERSE, CON LA TRANSFORMACIÓN PROPUESTA POR EL EJECUTIVO FEDERAL, pues sería tanto como perdernos a nosotros mismos.

Para construir el futuro hay que ver hacia el pasado. Jano, el personaje mitológico, tenía un doble rostro: uno observaba al pretérito, otro al porvenir; lo cual permite que reflexionemos filosóficamente: "si sólo existiera aquel, el mundo desaparecería; si sólo éste, carecería de raíz, de origen". Sólo conociendo el pasado, puede comprenderse el presente, y proyectarse el futuro.

Ante el panorama que tenemos enfrente, la cuestión que debemos resolver con inteligencia, es ésta: ¿conservar o renovar? La respuesta no es fácil, pero no podemos eludirla ni creerla imposible. Lo cierto es que hay mucho que conservar y no poco por renovar. El México del Siglo XXI no es el país que fue en 1900, antesala de la Revolución, o el de 1917, culminación de la etapa revolucionaria. Ni siquiera el de 1968, parteaguas en la historia política nacional. Tampoco el mundo es el que fue: han variado las circunstancias, y esos cambios exigen cambios. Habrá que hacerlos, a condición de que no se vulnere lo que no se debe vulnerar: la genuina libertad, la verdadera justicia, el desarrollo real; para que la vida, nuestra vida, tenga un sentido generoso y superior. A eso aspiramos los mexicanos.

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