La reforma implica que deberán realizarse las adecuaciones correspondientes a la normativa del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Durante la semana pasada, el Senado de la República aprobó una reforma constitucional al artículo 19 y donde se detallan los delitos que serán sujetos a prisión preventiva oficiosa contra algún imputado, sumando nueve delitos a los siete que ya estaban establecidos, por lo que la cifra de delitos que son objeto de que el ministerio público solicite prisión preventiva serán 16.
Y es que en el citado artículo 19 de la Constitución de los Estado Unidos Mexicanos, facultaba a los jueces ordenar la prisión preventiva oficiosa en los delitos como: delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.