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¿Cómo se tipifica un feminicidio?

Hay estados que no lo han tipificado y otros más que no la aplican

Reclamo. Feminicidios no deben quedar impunes, pues en el caso de Ciudad Juárez éste fue un factor para el asesinato de más mujeres. (EL SIGLO DE TORREÓN)

Reclamo. Feminicidios no deben quedar impunes, pues en el caso de Ciudad Juárez éste fue un factor para el asesinato de más mujeres. (EL SIGLO DE TORREÓN)

EDITH GONZÁLEZ

En México la figura del feminicidio apareció en la Ley Penal Federal en 2012 y a pesar de que ya han pasado 6 años, a la fecha la diferencia entre un homicidio y un feminicidio todavía no es comprendida por un amplio sector de la sociedad, incluso por las mismas autoridades, pues hay estados que no lo han tipificado y otros más que no la aplican.

Para entender por qué en nuestro país el asesinato de una mujer, bajo ciertas circunstancias que más adelante se explicarán, se tipifica como feminicidio con lo cual el victimario puede alcanzar penas de 40 a 60 años de prisión, es necesario remontarse a la "Sentencia del Campo Algodonero" dada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en contra del Estado Mexicano por el homicidio brutal y con móvil sexual de 8 mujeres, en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Los asesinatos se dan en un contexto de violencia extrema que vivían las mujeres de aquella ciudad, de 1993 a 2005 y que fue ignorada por el Estado Mexicano, lo que probablemente costó la vida a muchas mujeres.

Tres de estos asesinatos fueron llevados por los familiares de las víctimas, a través de diversas Organizaciones de la Sociedad Civil protectoras de los derechos humanos, a la CIDH.

"La Corte concluye que en Ciudad Juárez existe un contexto de violencia contra las mujeres que enmarca los hechos analizados en el caso. Constata que desde 1993 se han incrementado los homicidios de mujeres en esa ciudad, influenciados por una cultura de discriminación contra la mujer. En los motivos, las modalidades y también en la respuesta del Estado ante estos crímenes documenta la discriminación motivada en el sexo de las mujeres", según organizaciones civiles.

Los feminicidios de Ciudad Juárez fueron un caso paradigmático no sólo a nivel nacional, sino internacional, por el número de mujeres asesinadas, así como por "la brutalidad, la impunidad y la tolerancia social de los hechos", como lo señala el informe final de la Fiscalía Especial para la Atención de los Delitos Relacionados con los Homicidios de Mujeres en el municipio de Juárez, Chihuahua.

El estudio Feminicidio en México, elaborado por el Instituto Nacional de las Mujeres; LXI Legislatura en colaboración con la ONU, señala que la exigencia de justicia y de alto a la impunidad por parte de activistas de derechos humanos en el caso de Ciudad Juárez; la delimitación teórico-conceptual del homicidio doloso de mujeres por razones de género desarrollada en el ámbito académico, cuya versión más acabada se encuentran en los textos de Marcela Lagarde; la promulgación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, además de la sentencia del Campo Algodonero, fueron determinantes para colocar en la agenda pública nacional los homicidios de mujeres por razones de género, es decir, el feminicidio.

La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém do Pará) suscrita por México, afirma que la violencia contra las mujeres es una expresión de la discriminación por género contra éstas. La discriminación, si bien se expresa de manera directa en individuos y hechos concretos, tiene su origen y causa en construcciones sociales y del Estado sobre las relaciones de poder, en este caso, entre mujeres y hombres.

En el caso de Ciudad Juárez, la Corte en su sentencia señala que la violencia contra la mujer es tolerada en esa entidad, lo que permite la perpetuidad y aceptación social de ese hecho.

Por eso la tipificación del feminicidio "surgió como alternativa al término neutro de 'homicidio', con el fin político de reconocer y visibilizar la discriminación, la desigualdad y la violencia sistemática contra la mujer" y por ende trabajar en su prevención, según la Conavim.

Martha Rivera Hernández, coordinadora de la Unidad Especializada para la Investigación de Delitos de Feminicidio en Coahuila, explicó que lo que hace diferente al delito de feminicidio con el de homicidio de un hombre, es que a través de la muerte violenta, se pretende refundar y perpetuar los patrones que culturalmente han sido asignados a lo que significa ser mujer: subordinación, debilidad, sentimientos, delicadeza, feminidad.

En este sentido, explica que mientras los homicidios entre hombres se dan en condiciones de igualdad por sus características físicas, cuando es de un hombre hacia una mujer es motivado por un sentido de tener derecho a hacerlo, pues muchos los cometen parejas que creen que la vida de la mujer le pertenece, o por un sentimiento de superioridad sobre las mujeres, y se da en condiciones de desigualdad.

Señala que en Coahuila la tipificación viene establecida en el artículo 188 del Código Penal.

El artículo establece que la pena en prisión es de veinte a cincuenta años y multa, "al que prive de la vida a una mujer por razón de género".

Se considera que existe razón de género cuando el cuerpo de la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo, previa o posterior a la privación de la vida de la víctima infligida por el sujeto activo; se le haya infligido por el sujeto activo una o más lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes en zonas genitales o en cualquier otra, previa o posteriormente a la privación de la vida; existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia o discriminación por género en el ámbito familiar, laboral, o escolar; Haya existido una relación sentimental, afectiva o de confianza; el cuerpo sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público, en circunstancias que degraden o menosprecien a la víctima.

La impunidad, como en el caso de Ciudad Juárez, sólo traerá como consecuencia que más mujeres mueran, sólo por el hecho de ser mujeres, de ahí la importancia de que los asesinatos por razones de género, sean visibilizados, castigados y que el Estado Mexicano asuma su responsabilidad para combatir y prevenir esta violencia.

Estadísticas

Detallan casos.

=> En este año, Torreón ha registrado tres feminicidios y Matamoros dos.

=> En cuatro de los casos, hay detenidos.

=> El martes, fue localizada otra mujer asesinada.

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Escrito en: Violencia contra la mujer

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