Las escuelas particulares "no se mandan solas", sino que deben cumplir la obligación de informar y respetar precios y tarifas.
Ante una moratoria en pagos, la escuela sí puede suspender el servicio educativo cuando no se ha cubierto la colegiatura de hasta tres meses, pero debe avisar con dos semanas de anticipación, no puede retener documentos como garantía y no pueden tener "lista negra".