Durango

Inspeccionan río Piaxtla, en Durango, tras derrame de cianuro

En principio la empresa indicó que el derrame fue ocasionado por descuido en el cierre de la válvula de una pipa vacía, del proceso de beneficio de minerales de oro y plata, la cual se quedó sin combustible en un terreno con pendiente, ocasionando que drenara la solución remanente de su tubería hacia el río Piaxtla. (ARCHIVO)

En principio la empresa indicó que el derrame fue ocasionado por descuido en el cierre de la válvula de una pipa vacía, del proceso de beneficio de minerales de oro y plata, la cual se quedó sin combustible en un terreno con pendiente, ocasionando que drenara la solución remanente de su tubería hacia el río Piaxtla. (ARCHIVO)

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La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) efectuó una inspección en la minera Primero Empresa Minera, S.A. de C.V. para evaluar la afectación provacada el 11 de marzo pasado por el derrame de 200 litros de solución ciuanurada al río Piaxtla, a la altura de San Dimas, Durango.

En principio la empresa indicó que el derrame fue ocasionado por descuido en el cierre de la válvula de una pipa vacía, del proceso de beneficio de minerales de oro y plata, la cual se quedó sin combustible en un terreno con pendiente, ocasionando que drenara la solución remanente de su tubería hacia el río Piaxtla.

La Profepa indicó que se efectuó un recorrido de 250 metros desde el punto de derrame hacia aguas abajo sobre el cause del río Piaxtla, para poder evaluar los daños, y no se encontraron cambios físicos adversos, mientras que se observó que había peces, sobre todo juveniles en tallas menores a los 10 centímetros y tampoco se encontraron daños a la flora ribereña.

Durante la inspección se encontró que la solución cianurada gastada derramada presentaba una concentración en el rango de 100 a 180 mg/l de cianuro, por lo que los 200 litros de solución derramada al río Piaxtla por la empresa Primero Empresa Minera, S.A. de C.V., aportaron un estimado de entre 20 y 36 gramos de cianuro al río, esto es equivalente a 1 o 2 cucharadas soperas.

La Procuraduría Ambiental puntualizó que con base en la evaluación de los hechos y omisiones circunstanciadas en el acta de inspección se iniciará, si es el caso, el procedimiento administrativo correspondiente.

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