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En publicación del día jueves 21 de septiembre de 2017 de este diario, la dirigente sindical Rosalba Rodríguez Silerio secretaria general del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Republicano Ayuntamiento de Torreón (SUETSRAT) hace alusión en una nota periodística donde denuncia que a 9 empleados del área de Catastro fueron suspendidos de sus derechos sindicales tras detectar irregularidades ya que cambiaban valores catastrales, diciendo que reportábamos construcciones como baldíos, y eso nos generaba ingresos extras fuera de nuestros sueldos y que estábamos en investigación, esto es completamente falso. El martes 6 de marzo de 2018 en otra nota donde acusan al presidente municipal de hostigamiento también, hace mención de 4 exempleados de Catastro que fueron dados de baja al comprobárseles que cambiaban valores catastrales y ahora están demandados, también es completamente falso, y el miércoles 7 de marzo de 2018 publican que los exempleados de Catastro denunciaron al comité sindical ante la P.G.R. también este hecho es completamente falso, ya que en ningún momento presentan documento (demanda, investigación, etc.) donde se pueda constatar la veracidad de todos los hechos declarados por el comité sindical. Los 9 trabajadores que fuimos cesados de nuestro trabajo injustamente, fueron por otras circunstancias que no se apegan a derecho.

1.- La secretaria general del sindicato Rosalba Rodríguez Silerio, el secretario de Organización y Estadística José Isabel Acosta González y el secretario de Trabajos y Conflicto Luis Enrique García Cerda, mediante oficio 068/17 girado al Lic. Víctor Manuel Rodríguez Sánchez director general de Servicios Administrativos del Ayuntamiento Municipal anterior, le comunica de una supuesta asamblea extraordinaria de delegados donde nos suspenden los derechos sindicales por 6 meses y por tal motivo pasamos a ser empleados de confianza por este periodo de tiempo.

Violentando los estatutos de nuestro sindicato ya que es la Comisión de Honor y Justicia (que no existe porque nunca se ha conformado) o la asamblea general que sí tienen facultades para sancionar a los trabajadores cuando éstos incurran en alguna violación a los estatus o de nuestro sindicato previo procedimiento, citando al trabajador, notificándole el hecho para que éste a su vez tenga la oportunidad de defenderse y manifestar lo que a sus intereses convenga y no como en nuestro caso que nunca se nos notificó de violaciones que hubiéramos cometido dejándonos en completo estado de indefención.

2.- Los delegados sindicales no tienen ninguna facultad para sancionar a un trabajador en el caso de que éste hubiera infringido los estatutos como lo mencionan en el oficio 068/17 ya que esta figura delegados no la contemplan los estatutos (no existe) y toda resolución, sanción, recomendación que emane de ellos no será conforme a los estatutos de nuestro sindicato. Artículo 9, violentando los derechos de los trabajadores.

3.- Los trabajadores de Catastro a que se refiere la nota estamos en litigio Exp. 197/2017, 198/2017, 274/2017, 275/2017, 379/2017 en el tribunal de Conciliación y Arbitraje en la ciudad de Saltillo, Coahuila hasta la fecha.

Por lo antes expuesto queremos desmentir los comentarios hacia nuestra persona hechos por los dirigentes sindicales, ya que nos exhiben ante la comunidad como gente corrupta cosa (que no acreditan) que no es cierta.

ATENTAMENTE

Darío Ramírez Zamora, Ernesto Torres Rodríguez,

Eduardo Torres Rodríguez, Miguel Ángel Castañeda Ruelas, Fernando Gómez Ruelas, Pedro Alejandro Hinojosa Virrey, Pedro Alemán Nava, Rafael Calleros Moreno y Juan Alberto Cepeda Ramón.

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