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Celebran activistas decisión de la Corte

A favor. (De izq. a der.) Paulina Castaño, de Fundar, Ricardo Luévano y Ricardo Reyes, de Artículo 19, celebraron el fallo de la Corte. (AGENCIA REFORMA)

A favor. (De izq. a der.) Paulina Castaño, de Fundar, Ricardo Luévano y Ricardo Reyes, de Artículo 19, celebraron el fallo de la Corte. (AGENCIA REFORMA)

AGENCIA REFORMA

Las organizaciones Artículo 19 y Fundar calificaron como una victoria de la libertad de expresión que la Corte haya ordenado al Congreso emitir la ley reglamentaria sobre gasto de comunicación social del Gobierno a más tardar el próximo 30 de abril.

"La verdad es que la sentimos como una victoria porque hay una omisión del Congreso desde 2014 y esto ha permitido un sobreejercicio del gasto en publicidad concentrado en algunos medios afines a la postura gubernamental", dijo Ricardo Luévano, oficial de Derecho a la Información de Artículo 19, que en 2014 interpuso el amparo contra la omisión del Congreso. Luévano y Ricardo Reyes, también de Artículo 19, una organización internacional sobre periodismo y libertad de expresión, así como Paulina Castaño, de Fundar, acudieron a la sesión pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Los activistas festejaron la votación de los ministros, con la cual, dijeron, se marca la autonomía entre los poderes Legislativo y Judicial, al tiempo que consideraron que la nueva ley evitará el control de los medios de comunicación.

Sin embargo, admitieron que falta esperar la conformación de la ley reglamentaria del artículo 134 y saber si el Congreso cumple la orden de la Corte, pues ésta se da de cara al proceso electoral. "El que el amparo se haya conseguido no significa que vayamos a tener una ley idónea", afirmó Reyes.

Por su parte, la consejera del INE Pamela San Martín dijo que esta decisión no sólo incide en la esfera electoral, pues su importancia histórica va más allá, dado que permitirá mayor libertad de expresión a periodistas y medios. "Me parece que es una magnífica noticia en cuanto a garantizar que se cumpla lo previsto en el 134 constitucional, es decir, que los recursos públicos se empleen para los fines que la propia Constitución establece y que no haya un uso indebido de estos recursos públicos, ya sea para la promoción de un Gobierno o un funcionario", expresó. "O para, digamos, genere algún efecto que afecta la libertad de expresión, que afecta el libre ejercicio periodístico".

San Martín mencionó que, ante la omisión de los legisladores, que se prolongó por más de 10 años, de regular el artículo 134, esta sentencia demuestra que no debe existir nada por encima de la Constitución. Llamó al Congreso a que convoque a un gran debate al momento de abordar estos temas, en el que participen ciudadanos, organizaciones de la sociedad civil y que, incluso, se retomen algunos de los criterios aprobados por el INE, entre ellos la "cancha pareja", que buscaba restringir la autopromoción de funcionarios y la propaganda gubernamental.

Esos lineamientos fueron tumbados por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al considerar que el INE excedió sus facultades legales y adoptó una función que sólo le corresponde al legislador.

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Escrito en: Regulación publicidad oficial SCJN Articulo 19 Congreso

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