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EL RETO DE LAS SOFOM PARA CONCRETAR FUENTES DE FINANCIAMIENTO

SERGIO GUTIÉRREZ Y JOSÉ ENRIQUE TELLAECHE

Desde su origen en 1993, la figura de "Sociedad Financiera de Objeto Limitado" (Sofol), que fue una de las precursoras de la "Sociedad Financiera de Objeto Múltiple" (Sofom), tuvo voces que cuestionaban su viabilidad. Fue una entidad que parecía no encajar dentro de un posible proyecto de Estado, en donde el desarrollo del Sistema Financiero Mexicano iba en dirección al pleno desarrollo de una banca universal.

Sin embargo, había que buscar homologar los sistemas financieros de los tres países participantes dentro del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y México tenía que crear una entidad equivalente a un "Non Bank".

Fue así como se creó la figura. Parecería que la Sofol nació sin ganas, apresuradamente, sin una identidad propia o definida, sino como una sociedad que podía hacer una actividad que era una excepción de una prohibición ubicada en el Art. 103 fracción IV de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC), y como tal, desde su creación tuvo problemas para encontrar fuentes de financiamiento

De acuerdo con el decreto de ley de esa excepción (DOF 1992-06-09) y las reglas correspondientes para la Sofol (DOF 1993-06-14), sus actividades se limitaban a fuentes de financiamiento (capítulo II. Operación, Octava) y se les prohibía entre otras cosas, captar recursos en términos distintos a los permitidos en la Ley y las presentes reglas, así como a realizar operaciones no autorizadas por la ley y demás disposiciones aplicables (capítulo III. Disposiciones Generales, Décima sexta).

Cabe mencionar que la figura tuvo una buena acogida entre inversionistas mexicanos; sin embargo, salvo notables excepciones, fue tardía o escasa la participación de entidades financieras del exterior que hubieran aprovechado el TLCAN, ocasionándose un alto índice de mortandad.

La Fracción IV del Art. 103 de la LIC fue derogada (DOF 20060718), y en su lugar, el mismo día se creó la figura de Sofom, a través de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (Art. 87-B), dando un nuevo aire a diversas figuras de Intermediarios Financieros No Bancarios (IFNB), permitiéndoles que fueran consideradas como "entidades financieras" y que pudieran ofrecer un mayor número de servicios (crédito, arrendamiento y factoraje), así como a optar por el carácter de "reguladas" o "no reguladas".

El número de Sofom creció exponencialmente, muchas de ellas adhiriéndose a la opción de "no regulada". El fondeo de estas Sofom provino de diversas fuentes, predominado los esquemas no tradicionales, que han sido "trajes a la medida" verdaderamente innovadores, en donde han participado una nueva generación de consultores en procesos de crédito, estructuradores, proveedores de sistemas de administración de cartera y hasta despachos que anteriormente eran primordialmente de auditoría.

Sin embargo, conforme transcurrieron los años se acotaron de nuevo las fuentes de financiamiento, creándose un escenario más limitado y generándose nuevamente un alto nivel de mortandad. Desaparecieron o se transformaron cerca del 60%; de existir alrededor de 5 mil Sofom "no reguladas", ahora son cerca de 2 mil.

Bajo este contexto, para el Comité Técnico de Intermediarios Financieros No Bancarios del IMEF, es importante destacar que la figura de las Sofom puede ser un vehículo útil para el desarrollo del país.

Es evidente que toda aquella entidad que quiera, pueda y decida quedarse en el mercado, será aquella que demuestre capacidad y determinación para la generación de alto volumen de cartera de calidad; innovación y creatividad, especialmente tecnológica; así como uso y cumplimiento de índices de medición de desempeño y control de riesgos de entidades reguladas del sector; adecuación, alineación, homologación, formalización y apego a términos de regulación, institucionalidad (gobierno corporativo) y cumplimiento; estructuración de esquemas de fondeo de acuerdo a "trajes a la medida" y búsqueda, accesibilidad, adecuación y transparencia de fuentes de fondeo.

Es importante entender que la confianza para poder recibir crédito no se la gana un individuo sólo por ser parte de un "sector", sino por aquello que se merece y se justifica.

¿Qué nos queda hacer en el IMEF? Sin duda alguna y en línea con los estatutos institucionales, promover ante todo el conjunto de Intermediarios Financieros No Bancarios, la debida profesionalización del sector.

Presidente del Comité Técnico Nacional de Intermediarios Financieros No Bancarios y colaborador

Correo electrónico: [email protected] y [email protected]

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