Cambio. En caso de que los responsables del delito utilicen documentos o sellos falsos, la pena podría incrementarse hasta seis años.
El pleno del Senado aprobó ayer una reforma para castigar hasta con 12 años de cárcel a quienes realicen cobranzas extrajudiciales, valiéndose de hostigamiento, intimidación, violencia y engaño. La sola cobranza extrajudicial ilegal para requerir el pago de una deuda --lo que incluye créditos o financiamientos otorgados por personas dedicadas a esa actividad-- se sancionará hasta con cuatro años de prisión.
Sin embargo, en caso de que los responsables del delito utilicen documentos o sellos falsos, la pena podría incrementarse hasta seis años. La reforma establece que los cobradores que incurran en ese delito podrán ser sancionados, de manera adicional, cuando usurpen funciones o profesión. El artículo 250 del Código Penal establece que la pena máxima por esa falta es de otros seis años.
"Los medios de coacción y violencia psicológica que utilizan determinadas personas físicas o morales, representantes de acreedores, causan desequilibrios emocionales en los deudores, invaden su privacidad y afectan su paz y seguridad", señala el dictamen. Los cambios al artículo 284 Bis al Código Penal Federal fueron avalados por unanimidad y el proyecto de decreto fue turnado al Ejecutivo federal para su publicación.