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Bajo el fuero protector

Candidatos y presidentes de partidos políticos a través de nuestros errores tenemos la oportunidad de reflexionar y aprender algo nuevo cuando revisamos las consecuencias de una acción que realizamos, es cuando podemos reconocer el error que cometimos y nos resulta tan difícil prevenir algunos errores porque sólo podemos reconocerlos una vez que los hemos cometido.

Desarrollar capacidad de reconocer y aceptar nuestras equivocaciones amplía nuestra visión de la realidad nos impulsa a asumir nuestra responsabilidad y nos enseña además a reconocer la afectación por las consecuencias de nuestras equivocaciones.

Oímos a diario frases como ‘cometer errores es humano’, ‘un error lo comete cualquiera’, etcétera, pero lo más importante es que tengamos la disposición de asumir el compromiso de hacer cuanto sea necesario para corregirlos.

Algunos servidores públicos temen reconocer sus errores frente al pueblo por miedo a perder su autoridad o el respeto por parte de ellos cuando en realidad hacerlo sería una señal de sabiduría honestidad humildad y amor.

El fuero se hace referencia a un derecho constitucional, privilegio que se le otorga a algunos cargos públicos y de gobierno.

Antes que nada tenemos que recordar que no existe en el texto constitucional, la definición como fuero constitucional, pero sí la figura de la inmunidad parlamentaria que tiene sus primeros antecedentes para nuestro país en la Constitución de Apatzingán de 1814 y que consistía en la inviolabilidad de los diputados por sus opiniones y sujetándose a sólo la responsabilidad administrativa.

Por la parte que les toca en la administración pública así como penal, sólo por los delitos de herejía, apostasía, y por los de Estado señaladamente por los de infidencia y dilapidación de los caudales públicos.

En nuestra Constitución vigente, el término fuero constitucional apareció en 1977 sin que se definiera un significado. Este conjunto de normas y leyes se les concede sin limitar el ejercicio de sus funciones como servidor público aplicando las leyes en cuyo caso hasta que no deje su cargo a disposición no podrá ser pasado a un juicio jurídico.

El fuero surgió con motivo de la persecución el propósito fue enderezar y reforzar una figura de protección a la libre expresión de ideas políticas que con el tiempo se encontró que habría algunos perfiles en el Poder Ejecutivo que tendrían que defenderse de cualquier posible señalamiento o acusación cuyo único propósito fuera sacarlo del juego político.

No vemos construirse en este momento un esquema de fiscalía anticorrupción o de algún tribunal especial que tenga facultades abiertas o de un organismo público descentralizado del Poder Ejecutivo que interviniera con funciones análogas a las de una fiscalía o que se creara un organismo autónomo incluso con base de actuación jurisdiccional para la persecución de delitos vinculados con el desempeño de la función pública.

No obstante que el gobernador conserva la protección federal la inmunidad constitucional existe para que los funcionarios honestos cumplan con su responsabilidad gubernamental y se protejan de campañas de desprestigio.

Alberto Lara Noriega,

La Comarca Lagunera.

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