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Llegan a acuerdo víctimas de fecundación in vitro con Estado Costa Rica

La corte consideró que se estaba vulnerando el derecho a la vida privada y familiar, a la integridad personal en relación con la autonomía personal, a la salud sexual, a gozar de los beneficios del progreso científico y tecnológico, y a la no discriminación. (ARCHIVO)

La corte consideró que se estaba vulnerando el derecho a la vida privada y familiar, a la integridad personal en relación con la autonomía personal, a la salud sexual, a gozar de los beneficios del progreso científico y tecnológico, y a la no discriminación. (ARCHIVO)

EFE

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) informó hoy que las víctimas del caso sobre la prohibición de la fecundación in vitro (FIV) "Gómez Murillo y otros" llegaron a un acuerdo de solución amistosa con el Estado de Costa Rica.

En la sentencia, notificada este martes a las partes, el Tribunal internacional homologó el acuerdo al que llegaron los involucrados en el caso y le otorgó plenos efectos jurídicos.

"El Estado, conforme al acuerdo de solución amistosa, reconoce la violación del derecho a la vida, el derecho a la integridad personal, el derecho a la libertad personal, protección de la honra y de la dignidad, la protección a la familia y la igualdad ante la ley", cita el punto resolutivo.

Las reparaciones acordadas, que no fueron divulgadas, fueron homologadas por la Corte, por lo que el Estado costarricense debe hacer efectiva la posibilidad de acceso a la técnica de fecundación in vitro en los ámbitos público y privado, así como brindar a los funcionarios estatales procesos de capacitación en derechos humanos.

La fecundación in vitro fue prohibida en Costa Rica por la Sala Constitucional en el año 2000, pues interpretó que la vida comienza desde la concepción y que la técnica médica permitía desechar o destruir seres vivos.

Esto originó la demanda por la cual la Corte condenó a Costa Rica en el 2012 y le ordenó restablecer la aplicación de la técnica médica.

La corte consideró que se estaba vulnerando el derecho a la vida privada y familiar, a la integridad personal en relación con la autonomía personal, a la salud sexual, a gozar de los beneficios del progreso científico y tecnológico, y a la no discriminación.

En septiembre de 2015 el presidente costarricense, Luis Guillermo Solís, firmó un decreto que le da dos años a la Caja Costarricense del Seguro Social para implementar la técnica médica, a la cual podría acceder cualquier mujer mayor de edad, soltera o con pareja, pero con algunos requisitos como ser infértil y haberse sometido a otras técnicas menos invasivas.

La Sala Constitucional anuló el decreto al afirmar que "todo lo relativo a la regulación de derechos fundamentales, como el derecho a la vida y a la salud, es materia reservada al legislador ordinario" y emplazó al Congreso a emitir una ley para regulación.

Sin embargo, la CorteIDH determinó que para garantizar derechos humanos no es necesaria una ley.

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