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Prevé la Corte validar la apertura del Cisen

Acata. El Cisen ya había aceptado publicar el número de intervenciones de comunicaciones privadas que solicitó a jueces en 2014.

Acata. El Cisen ya había aceptado publicar el número de intervenciones de comunicaciones privadas que solicitó a jueces en 2014.

AGENCIA REFORMA

La Suprema Corte de Justicia se dispone a resolver, por primera vez, un recurso del Ejecutivo contra una orden del Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) en materia de seguridad nacional.

El Pleno de la Corte agendó para los próximos días un proyecto del Ministro José Ramón Cossío, que confirma la orden del INAI para que el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen) difunda estadísticas más detalladas sobre las intervenciones de comunicaciones privadas que realiza.

"No se estaría haciendo pública información reservada relacionada con las actividades materiales, procesos, métodos o tecnologías utilizadas por el Cisen, ni del producto o material de ejecución de una intervención, por lo que esta información no se encuentra dentro de lo que la Ley de Seguridad Nacional determina como reservado", señala el proyecto.

Será la primera ocasión que la Corte resuelva un recurso de este tipo, previsto desde 2015 en la Ley General de Transparencia, como el único instrumento legal con el que una autoridad puede impugnar los mandatos del INAI.

Además, será la primera vez que los Ministros interpretarán la Ley de Seguridad Nacional de 2005, que norma la actuación del Cisen, órgano de la Secretaría de Gobernación.

El Cisen ya había aceptado publicar el número de intervenciones de comunicaciones privadas que solicitó a jueces federales en 2014, en total 747, de las que sólo 21 fueron negadas.

Pero el órgano de inteligencia rechazó informar cuántas personas y dispositivos fueron intervenidas, información que el INAI consideró, en mayo pasado, que sí se puede hacer pública.

El Consejero Jurídico del Ejecutivo, Humberto Castillejos, apoyó al Cisen y presentó el recurso ante la Corte, apenas el segundo de este tipo.

Primera vez

Según la SCJN:

⇒ Será la primera ocasión que la Corte resuelva un recurso de este tipo, previsto desde 2015 en la Ley General de Transparencia.

⇒ Como el único instrumento legal con el que una autoridad puede impugnar los mandatos del INAI.

⇒ Los Ministros interpretarán la Ley de Seguridad Nacional de 2005.

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