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Declara Guatemala inconstitucional la pena de muerte por asesinato

Esta resolución entrará en vigor a partir de su publicación en el diario oficial, es decir, mañana miércoles. (ARCHIVO)

Esta resolución entrará en vigor a partir de su publicación en el diario oficial, es decir, mañana miércoles. (ARCHIVO)

EFE

La Corte de Constitucionalidad (CC) de Guatemala declaró hoy inconstitucional la aplicación de la pena de muerte por el delito de asesinato, según la resolución publicada en el diario oficial del país.

La decisión, adoptada tras una acción "inconstitucional general parcial" promovida por tres ciudadanas, Sayda Vanessa Arrega Medina, Sofía Maricruz Herrera Mendoza y Astrid Fabiola Fuentes Mazariegos, va en contra del artículo 132 de la Constitución de Guatemala.

En concreto, la medida rechaza la siguiente frase: "sin embargo se le aplicará la pena de muerte en lugar del máximo de prisión, si por las circunstancias del hecho y de la ocasión, la manera de realizarlo y los móviles determinantes, se revelare una mayor particular peligrosidad del agente. A quienes no se les aplique la pena de muerte por este delito, no podrá concedérsele rebaja de pena por ninguna causa".

De acuerdo a las solicitantes, este apartado vulnera varios artículos de la Carta Magna, como el cuatro porque, según se explica en el expediente, "menoscaba la dignidad del imputado, por cuanto que esto se contrapone a la teoría de la culpabilidad que inspira el proceso penal guatemalteco".

"En este sentido, las frases atacadas vulneran el derecho de igualdad al dejar al procesado en circunstancias diferentes a los imputados de cualquier otro delito tipificado en el Código Penal", abunda el expediente.

Otro de los argumentos jurídicos es el que vulnera el artículo 5 "que garantiza que toda persona tiene derecho a hacer lo que la ley no prohíbe, en el cual se basa el derecho penal de acto" y que puede resumirse "en que solo se permite castigar al hombre por lo que hace, por su conducta social y no por lo que es, ni por lo que desea, piensa o siente".

Antes de que el Constitucional, máxima instancia jurídica del país se pronunciara, se dio espacio al Congreso y a la Fiscalía para esgrimir sus respectivas posturas.

El ente legislativo argumentó que las tres mujeres que presentaban la acción citaban la jurisprudencia de otros países, como la colombiana, y añadió que "no demuestran por medio de un razonamiento jurídico la forma en que la norma impugnada contraviene los preceptos constitucionales".

Además, enfatiza el expediente al recoger los alegatos del Congreso, no es una frase, sino dos párrafos completos del artículo a impugnar "que expresan un contexto claro y positivo, que deben ser interpretados en todo su contexto y no aisladamente".

Para la Fiscalía la disposición impugnada "no infringe, tergiversa o contraviene los preceptos constitucionales que se denuncian vulnerados" y el asesinato, al ser un homicidio tipificado, lleva implícitas circunstancias agravantes que revelan la peligrosidad del que lo comete.

Con base en las declaraciones de las partes y un análisis posterior, el pleno de la Corte de Constitucionalidad (CC) decretó "con lugar la acción de inconstitucionalidad general parcial" y añadió que esta resolución entrará en vigor a partir de su publicación en el diario oficial, es decir, mañana miércoles.

En el Congreso de Guatemala se presentó, por parte de algunos diputados, una iniciativa de ley para restituir la posibilidad de que el presidente indulte a los condenados a muerte, una reforma que a la vez permitiría volver a aplicar esa pena máxima.

El artículo 18 de la Constitución de Guatemala establece la pena de muerte, sin embargo, en años recientes no ha podido ejecutarse debido al vacío legal que existe desde el gobierno del expresidente Alfonso Portillo (2000-2004), quien en el 2004 derogó el decreto 159, que regulaba el indulto.

A través de esta opción, el presidente podía suspender o no la ejecución, y con la nueva iniciativa los diputados quieren reactivar este proceso.

Como el Estado de Guatemala no ha restablecido la plena vigencia del recurso de gracia, la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha conmutado la pena de muerte por la máxima pena de prisión, a los reos que así lo han solicitado.

La pena de muerte está establecida en la ley guatemalteca pero no ha sido aplicada desde el año 2000, cuando fueron ejecutados dos secuestradores mediante inyección letal.

América cuenta con 15 países con la pena de muerte vigente, pero que no han ejecutado a ninguna persona desde 2008. Entre ellos se encuentran Guatemala, Antigua y Barbuda, Bahamas, Cuba, Belice, Barbados, Bahamas, Trinidad y Tobago, Guyana, San Cristóbal y Nevis, Santa Lucía, Jamaica, San Vicente y las Granadinas, Dominica y Granada

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