Término. El ministro Juan Silva concluye período en SCJN. (ARCHIVO)
La propuesta para dar la razón a las empresas que se ampararon contra la limitante para deducir de impuestos los pagos exentos de sus trabajadores que consideró el ministro Juan N. Silva Meza, quien este lunes termina su período en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), podría quedar en el olvido.
Para seguir su curso se necesita que algunos de los nuevos ministros propuestos por el Ejecutivo y ratificado por el Senado, vuelva a retomarla y sustentarla, consideraron fiscalistas.
Al opinar sobre el futuro del proyecto de inconstitucionalidad al tope de la deducibilidad del aguinaldo, horas extras, vales de despensa, prima vacacional y fondos de ahorro, entre otros pagos exentos para los trabajadores, que dejó el ministro Silva, advirtieron que se podría perder la oportunidad de darle la protección constitucional a los patrones en uno de los temas más importantes derivados de las inconformidades de la reforma fiscal.
Desde 2014, se limitó a empresas la deducción, para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR), de pagos a trabajadores y que para ellos se consideren exentos de dicho gravamen.
Dichos pagos, sólo pueden ser deducidos de impuestos en 47% de su importe. En algunos casos, cuando las prestaciones exentas que se pagan a los trabajadores no disminuyan de un año a otro, se puede deducir 53%.
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), explicó que la erogación de estas prestaciones es inevitable para los patrones, ya que todas ellas son obligatorias, ya sea por la propia Ley Federal del Trabajo o por haber sido pactadas en los contratos individuales o colectivos de trabajo.
Reiteró su posición al afirmar que se deben reconocer todos los pagos a los trabajadores como deducción.