La Cámara de Diputados aprobó la reforma con la que se castigará hasta con 140 años de prisión el delito de secuestro, la cual pasó al Ejecutivo federal para su promulgación en el Diario Oficial.
Las reformas a la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Secuestro fueron avaladas con 293 votos a favor, 96 en contra y una abstención, y elevan las penas hasta con 140 años de prisión a quienes cometan secuestro con agravantes de asesinato, violación o mutilación a sus víctimas.
Actualmente, el castigo por ese delito y sus agravantes, va de 40 a 70 años de cárcel.
El dictamen enviado al Ejecutivo establece que a quien prive de la libertad a otro para obtener rescate, detenerla en calidad de rehén, causarle daño o cometer secuestro exprés, se le aplicarán de 40 a 80 años de prisión y de mil a cuatro mil días de salario mínimo como multa.
Se castigará también de 50 a 90 años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa si la privación de la libertad de una persona se realiza en camino público o lugar desprotegido, a quienes la lleven a cabo en grupo de dos o más personas; se realice con violencia o se allane el inmueble en el que se encuentre.