Nacional AMLO Reformas Constitucionales Violencia Reformas estructurales Transportistas

Invalida TEPJF requisito en apoyo a candidato independiente

NOTIMEX

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) invalidó la obligación de que ciudadanos que apoyen a candidatos independientes en el estado de Coahuila entreguen copia simple de su credencial de elector con fotografía.

Ello, luego de que el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila (IEPCC) exigió cumplir con ese requisito a Luis Alberto Zavala Díaz, quien contiende como candidato ciudadano independiente a una diputación local en el proceso electoral en curso.

Las y los magistrados del Pleno de la Sala Superior consideraron que es excesivo exigir copias simples de ese documento a Zavala Díaz, para demostrar el respaldo de la población, al considerar que con ello podría hacerse nugatorio su derecho a participar como candidato ciudadano.

Al argumentar su proyecto de resolución, la magistrada María del Carmen Alanís dijo que exigir la copia de la credencial para votar con fotografía de cada uno de los ciudadanos que apoyan al candidato independiente es un requisito “no necesario, no idóneo”.

En su opinión, ese trámite lo único que hace es “obstaculizar o hace muy complicado” el que el aspirante a candidato independiente pueda acompañar su formato de apoyo ciudadano con cada una de estas copias de credencial para votar.

Destacó que el formato de apoyo ciudadano contiene los datos de identificación para que la autoridad electoral verifique la existencia de los ciudadanos que otorgaron su apoyo al aspirante.

Es decir, que estén inscritos en el registro nacional de electores, además que su domicilio se ubique en el distrito para el que pretende contender el ciudadano Luis Alberto Zavala Díaz como candidato independiente.

Ante ello, el pleno acordó por unanimidad “revocar el requisito de exhibir copia de la credencial para votar con fotografía con el formato de apoyo ciudadano”.

Además, ordenó al Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila que verifique que los formatos exhibidos cuenten con todos los datos de la credencial para votar con fotografía.

“Hecho lo cual, proceda a cotejar los mismos con el Listado Nominal de Electores en los términos expresados en la ejecutoria”, concluyeron los magistrados.

La Sala Superior determinó en su sesión del pasado 27 de mayo que Zavala Díaz podía iniciar campaña el 29 de mayo como candidato a diputado local independiente en Coahuila.

Lo anterior, al revocar los acuerdos del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila (IEPCC) y de la Comisión de Candidaturas Independientes.

El tribunal ordenó al IEPCC que en un plazo de 24 horas -que ya concluyeron- dictará un acuerdo con cuatro bases esenciales: exigir al aspirante válidamente la presentación de firmas de apoyo, siempre que no rebase uno por ciento del Listado Nominal de Electores correspondiente al Distrito Electoral Local 3.

La segunda base es otorgarle un plazo razonable para que pueda reunir las firmas de apoyo que se le exijan; también, permitirle hacer campaña electoral a partir del 29 de mayo.

Por último, vencido el plazo para la presentación del requisito de firmas de apoyo, y una vez concretada su verificación, analizar si cumple con todos los requisitos para ser candidato y, por tanto, pronunciarse sobre la solicitud de registro planteada.

Leer más de Nacional

Escrito en: Candidaturas Independientes

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Nacional

TE PUEDE INTERESAR

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Clasificados

ID: 1002303

YouTube Facebook Twitter Instagram TikTok

elsiglo.mx