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Quitan traba a unión gay

Votan. Por unanimidad de votos se determinó que el párrafo analizado atenta contra el derecho de autodeterminación de las personas.

Votan. Por unanimidad de votos se determinó que el párrafo analizado atenta contra el derecho de autodeterminación de las personas.

AGENCIAS

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fijó un criterio general respecto al análisis del matrimonio, que establece que los cambios sociales y culturales han dejado fuera del objetivo esencial de este contrato civil la procreación, lo que elimina uno de los argumentos legales que existían contra las uniones homosexuales.

Por unanimidad de votos de los integrantes de la Primera Sala de la Corte, y con la ausencia del ministro Alfredo Gutiérrez Mena, se aprobó esta tesis aislada, con la cual se determinó que el párrafo primero del artículo 143 del Código Civil para el estado de Oaxaca, que establece que "perpetuar la especie" es un objetivo del matrimonio, atenta contra el derecho de autodeterminación de las personas.

Los ministros consideraron que lo anterior es contrario a los artículos 1 y 4 de la Constitución política.

"La existencia de diversas reformas legales han puesto en evidencia la separación del binomio matrimonio-procreación, pues la decisión de todo individuo de unirse a otro y proyectar una vida en común deriva de la autodeterminación y del derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada persona para la conformación de una familia, sin que tal decisión implique necesariamente el acuerdo de tener hijos en común", explica la tesis publicada en el Semanario Judicial de la Federación.

El tema de la procreación ha sido uno de los argumentos esgrimidos por los sectores más conservadores de la sociedad y de la Iglesia católica para no aprobar los matrimonios de personas del mismo sexo.

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