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Publican en Diario Oficial decreto que crea Comisión para Seguridad en Michoacán

EL UNIVERSAL

La Presidencia de la República publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que el presidente Enrique Peña Nieto crea la Comisión para la Seguridad y el Desarrollo Integral en el estado de Michoacán.

De acuerdo con el documento, la comisión será un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación y será su titular, Miguel Ángel Osorio Chong, quien se encargue de designar o remover al comisionado.

Las consideraciones del decreto hacen notar que en los últimos años Michoacán y varios de sus municipios "han presentado manifestaciones de debilidad institucional", lo que ha propiciado "diversas expresiones violentas de la delincuencia organizada y de otros grupos armados".

Agrega que como resultado "se ha mermado el Estado de Derecho en el que se deben desarrollar las relaciones entre el gobierno y los habitantes de aquella entidad federativa".

Subraya que el gobernador de Michoacán solicitó formalmente el apoyo del gobierno federal en materia de seguridad pública, con objeto de enfrentar la situación de violencia e inseguridad que se ha presentado en el territorio michoacano.

El decreto precisa que es necesario que la comisión cuente con las facultades necesarias para fortalecer la seguridad de Michoacán, con el apoyo de la fuerza pública federal y para coordinar a las delegaciones de las dependencias, entidades e instituciones federales "toda vez que el resultado esperado es la consolidación institucional del orden jurídico".

"La comisión tendrá por objeto ejercer la coordinación de todas las autoridades federales para el restablecimiento del orden y la seguridad en el estado de Michoacán y su desarrollo integral, bajo un enfoque amplio que abarque los aspectos políticos, sociales, económicos y de seguridad pública de dicha entidad federativa", precisa el decreto.

Detalla que corresponde al comisionado el ejercicio de las siguientes facultades: ser el conducto del secretario de Gobernación para la coordinación interinstitucional.

Formular y ejecutar políticas, programas y acciones orientadas a la prevención de delitos, fortalecimiento institucional, reconstrucción del tejido social, restablecimiento de la seguridad y desarrollo integral en Michoacán, y aplicarlas en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales.

Promover la coordinación de las autoridades locales y municipales en Michoacán con las autoridades federales, en los ámbitos político, social, económico y de seguridad pública, establecer mecanismos de coordinación con la PGR y PGJ de Michoacán.

Determinar las acciones que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y demás autoridades del Poder Ejecutivo Federal desplegadas en Michoacán deban ejecutar para la consecución del objeto del decreto.

Disponer, ordenar y coordinar las acciones de apoyo y auxilio por parte de las instituciones federales de fuerza pública, necesarias para el cumplimiento del objeto de este decreto y aquéllas que requieran las autoridades locales y municipales en Michoacán.

Solicitar el auxilio de las Fuerzas Armadas, en términos de las disposiciones aplicables; solicitar al secretario de Gobernación la designación o remoción de los servidores públicos.

Recibir en acuerdo a los delegados, comisionados y demás servidores públicos de las dependencias, entidades e instituciones del Poder Ejecutivo Federal que ejerzan funciones en Michoacán, sin perjuicio de la subordinación jerárquica respectiva dentro de aquéllas a las que estén adscritos.

El Ejecutivo subraya que el gobierno federal debe contribuir de manera eficaz al restablecimiento del orden y la seguridad en el estado de Michoacán y para ello acordó que el secretario de Gobernación coordine a los funcionarios de la Administración Pública Federal para el cumplimiento del objeto de este decreto.

"En virtud de lo anterior y en el marco del acuerdo de apoyo al estado de Michoacán en materia de seguridad, es indispensable la creación de un órgano administrativo desconcentrado que sea el conducto para que el secretario de Gobernación coordine y ejecute las acciones necesarias para el cumplimiento de las instrucciones del Ejecutivo federal a mi cargo", señala el mandatario.

Apunta que el artículo 27 la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal determina que a la Secretaría de Gobernación corresponde auxiliar a las autoridades federales, estatales, municipales y del Distrito Federal que soliciten apoyo en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Este apoyo en la protección de la integridad física de las personas y la preservación de sus bienes; reforzar, cuando así lo soliciten, la tarea policial y de seguridad de los municipios y localidades rurales y urbanas que lo requieran; intervenir ante situaciones de peligro cuando se vean amenazados por aquellas que impliquen violencia o riesgo inminente.

Además promover la celebración de convenios entre las autoridades federales, y de éstas, con las estatales, municipales y del Distrito Federal competentes, en aras de lograr la efectiva coordinación y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el combate a la delincuencia, y establecer acuerdos de colaboración con instituciones similares, en los términos de las disposiciones aplicables.

El Ejecutivo subraya que es indispensable un enfoque integral que atienda no sólo la problemática de seguridad pública en Michoacán, sino también al desarrollo político, social y económico de la entidad, de tal manera que el orden jurídico sea el pilar de la convivencia social.

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Escrito en: autodefensas Michoacán

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