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Endurecen penas contra plagiarios

EL UNVIERSAL

El Gobierno Federal difundió la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro con penas que alcanzan entre 40 y 70 años de prisión para los plagiarios que priven de la vida a sus víctimas, y multas que suman 690 mil pesos.

Ayer martes el presidente Felipe Calderón encabezó en Los Pinos un acto por la expedición de la Ley General para Prevenir los Delitos en Materia de Secuestro, aprobada por el Congreso.

En la escalinata de la Casa Miguel Alemán y con la presencia de Isabel Miranda Wallace, de Alto al Secuestro y premio nacional en derechos humanos, Calderón reconoció la actitud de los legisladores que dieron su aval para combatir este flagelo.

Destacó que la Ley da solidez a la creación de las unidades antisecuestro -ya en curso en el país-, con requisitos estrictos para formar parte de ellas, al tiempo en que apoya a las víctimas y testigos, así como la previsión de un fondo para ayuda a los afectados.

Dicha legislación, publicada en el Diario Oficial de la Federación, subraya que el ejercicio de la acción penal y la ejecución de sanciones por el delito de secuestro, no prescriben ni tampoco se permitirá la reserva del expediente.

El texto desmenuza distintas sanciones de acuerdo con el tipo de plagio realizado, con penas que van de 20 a 40 años de prisión, y multas que alcanzan los 115 mil pesos cuando se pretenda obtener dinero por el rescate, tener a una persona en calidad de rehén, dañar a la persona que está privada de su libertad y cometer secuestro exprés.

Estas sanciones se agravarán de 25 a 45 años de prisión y unos 230 mil pesos en multas cuando el plagio se realice en un camino público, desprotegido o solitario por dos o más personas; cuando se allane el inmueble de la víctima, o que el afectado sea menor de edad o mayor de 60 años, o que por cualquier circunstancia carezca de capacidad para evitar el secuestro.

Otra agravante es que la víctima sea mujer en periodo de gestación, aquí se aplicarán penas de 25 a 50 años de cárcel, y 360 mil pesos en multas; lo mismo si los raptores forman parte de alguna institución de seguridad pública o de las Fuerzas Armada, o bien que se ostenten, sin serlo.

Las mismas sanciones serán para aquellos secuestradores que tengan vínculo de parentesco, amistad, gratitud, confianza o relación laboral con la víctima o relacionada con ésta. Además, se prevé aplicar dichas penas si el cautiverio se causa a la víctima alguna lesión prevista en los artículos 291 al 293 del Código Penal Federal.

Otro factor es que haya sido víctima de violencia sexual o tortura, o que muera debido a alguna alteración en su salud por el rapto o por enfermedad previa que no hubiera sido atendida por los plagiarios.

En el articulado se prevén penas de 100 a 350 jornadas de trabajo a favor de la comunidad, para aquellas personas que simulen la privación ilegal de alguna persona.

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