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Liberan a indígenas, pero no hacen justicia

JESÚS CANTÚ

El pasado jueves la Primera Sala de la Suprema Corte ordenó la inmediata libertad de las indígenas otomíes Alberta Alcántara Juan y Teresa González Cornelio, acusadas de haber secuestrado a seis agentes de la desaparecida Agencia Federal de Investigaciones y por segunda ocasión, en sólo 9 meses, señala que hubo irregularidades graves en la integración del expediente por parte de la Procuraduría General de la República.

Apenas el 12 de agosto del año pasado, la misma instancia -aunque con diferente composición, pues todavía no se daba el cambio de dos ministros, por haber concluido su encargo- ordenó la liberación de más de tres decenas de indígenas que pasaron más de 11 años presos como presuntos responsables de la matanza de Acteal, el 22 de diciembre de 1997.

De acuerdo al boletín de la Corte, para ordenar la liberación de Alberta y Teresa, en el principal delito que era el de la privación ilegal de la libertad, "los ministros estimaron que no se acreditaba que hubiere existido dicho ilícito, que consiste en privar de la libertad a una persona, con el fin de obtener un rescate; porque los ofendidos y testigos de los hechos no son consistentes en precisar las circunstancias en que ocurrió el hecho mismo, ya que se advirtió que durante el desarrollo del proceso existieron múltiples contradicciones entre los testigos de cargo."

Pero lo peor de todo esto, es que no son los únicos casos de indígenas encarcelados, éstos son los más visibles, pero existen otros, como el de Raúl Hernández Abundio, preso en el penal de Ayutla de los Libres, Guerrero, desde el 17 abril de 2008, acusado de haber asesinado al informante del Ejército de la comunidad de El Camalote (ubicada en la sierra de Guerrero), Alejandro Feliciano García y a quien la Organización del Pueblo Indígena Me→ phaa (OPIM), señala como parte de un grupo paramilitar creado para reprimir indígenas que defienden sus derechos.

Hernández Abundio fue encarcelado junto a otros cuatro indígenas, que fueron liberados el 19 de marzo pasado, al ser beneficiados por un amparo. El 27 de junio de 2008, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, solicitó al Estado mexicano que ampliara a estos cinco presos las medidas cautelares que ya habían concedido a otros integrantes de la OPIM, y el 11 de noviembre de ese mismo año, Amnistía Internacional los adoptó como "presos de conciencia" y demandó su inmediata liberación.

En estos dos casos, además de ser indígenas y pobres, otra de las constantes es que los encarcelados y encarceladas osaron defender los derechos de sus comunidades, pues en el caso de las dos liberadas la acusación en su contra fue, de acuerdo a una información publicada en El Universal el 15 de abril de 2009: "un "desquite" en contra del pueblo, pues el 26 de marzo de aquel año (2006), agentes de la corporación sin identificación y sin uniforme llegaron a la plaza central de la comunidad (Santiago Mexquititlán, municipio de Amealco de Bonfil, Querétaro), y despojaron a comerciantes de su mercancía, alegando que se trataba de piratería.

Los afectados protestaron y la tensión hizo que el jefe regional de la AFI y el agente del Ministerio Público de la Federación en San Juan del Río acudieran a para dialogar con la gente, y se comprometieron a pagar el daño ocasionado por sus agentes. Uno de los policías se quedó como "garantía", pues las autoridades dijeron que tenían que trasladarse a San Juan del Río para conseguir el pago."

Aunque el incidente terminó esa misma tarde sirvió para condenar a tres indígenas a 21 años de cárcel, pues además de Alberta y Teresa, también había sido condenada Jacinta Francisco Marcial, quien obtuvo su libertad el 16 de septiembre del año pasado, tras de que la PGR presentó "conclusiones no acusatorias", en su contra.

Hernández Abundio es un activista de los derechos humanos y Alberta y Teresa, participaron en la defensa de los derechos de sus compañeros. La acción judicial para reprimir las acciones de defensa de los derechos humanos de los grupos más vulnerables, como son los indígenas.

De acuerdo a información publicada en el diario capitalino La Jornada, en su edición del 29 de abril, al intervenir en la sesión donde se votó la resolución, el ministro Arturo Zaldívar señaló: "La decisión que hoy votamos tiene dos efectos: uno concreto e inmediato, que es la libertad de Alberta y de Teresa; el segundo es el valor del precedente que esta primera sala envía a las autoridades de nuestro país, coadyuvando de manera muy clara a decir: 'queremos que este tipo de casos no sigan ocurriendo, y cuando ocurran, debe haber jueces para remediarlo".

Pero el remedio no puede limitarse a su liberación, éste debe incluir al menos tres elementos más: uno, la reparación del daño, alguien debe resarcir a los inocentes encarcelados injustamente; segundo, policías, ministerios públicos y jueces involucrados deben ser juzgados por las responsabilidades que les resulten de sus actos; y, el tercero, fuera de ámbito de competencia del ministro, pero también debió enfatizarse, la necesidad de una profunda reforma al sistema de procuración e impartición de justicia, así como, a la de los cuerpos policíacos.

Las dos indígenas fueron liberadas, pero todavía no se hace justicia, pues ellas no reciben ninguna reparación por el daño; los responsables de la injusticia no reciben ninguna sanción; y en las cárceles mexicanas todavía hay muchos inocentes, particularmente indígenas y pobres, presos.

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