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Estados y municipios no tienen facultades para revisar el Complemento Carta Porte, advierte SAT a gobernadores

La Carta Porte es un documento que debe emitirse en caso de transporte de bienes o mercancías. (ARCHIVO)

La Carta Porte es un documento que debe emitirse en caso de transporte de bienes o mercancías. (ARCHIVO)

FABIOLA P. CANEDO

La titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT) envió un oficio a los gobernadores ante las quejas de transportistas respecto a que han sufrido una importante cantidad de extorsiones en lo relativo al Complemento Carta Porte, donde informa que solo las autoridades de carácter federal que tienen facultades de inspección y verificación pueden revisar esta documentación.

En el oficio firmado por Raquel Buenrostro Sánchez, jefa del SAT, con copia a Rogelio Ramírez de la O, secretario de Hacienda, y Rosa Icela Rodríguez, de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, se menciona que la Carta Porte es un documento que debe emitirse en caso de transporte de bienes o mercancías. Esta medida "permite la trazabilidad de las mercancías que ingresan al país y circulan en el mismo, lo cual permite evitar y detectar conductas delictivas, por tal motivo y al ser un instrumento federal, únicamente las autoridades de carácter federal que tienen facultades para realizar actos de inspección y verificación, pueden realizar revisiones y requerir a los particulares la documentación que acredite la legalidad de bienes y mercancías durante su traslado".

Señala que la Guardia Nacional, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, las autoridades sanitarias y el SAT son las autoridades competentes para requerir la exhibición del CFDI con complemento Carta Porte.

Aunque indica que, de conformidad con los convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal, las entidades pueden ejercer diversas facultades del SAT, las mismas deben realizarse en términos de la programación compartida y coordinada por la Secretaría de Hacienda, por conducto del órgano administrativo desconcentrado, sin que la verificación de la Carta Porte se encuentre en dicha programación.

"No obstante lo anterior, la ciudadanía ha manifestado ante esta autoridad fiscal que ha sido objeto de actos de verificación relacionados con el complemento Carta Porte por parte de las autoridades estatales e incluso municipales", señala el documento enviado por la titular del SAT.

En este contexto, pide que se giren las instrucciones correspondientes a efecto de que las autoridades locales no realicen acciones de verificación en relación a este complemento. Considera que esto redundará en una mayor seguridad jurídica para la ciudadanía y permitirá consolidar la implementación de la Carta Porte como instrumento de control y trazabilidad en el transporte de mercancías en territorio nacional.

Conforme a lo previsto en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) deben cumplir, entre otros requisitos, con el complemento Carta Porte, que se debe incluir tratándose del transporte de bienes o mercancías para acreditar su legal tenencia durante su traslado en territorio nacional e identificar el origen y destino de los mismos.

Después de diversas prórrogas, el uso del CFDI con este complemento es obligatorio a partir del primero de enero de 2022 y las sanciones correspondientes serán aplicables a partir del 31 de marzo de este año.

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