El alcalde Homero Martínez Cabrera habrá de gobernar el municipio de Lerdo por tres años más.
En el municipio de Lerdo se preparan las autoridades para el proceso de entrega-recepción, siendo el caso de Lerdo una situación atípica por ser la primera vez que un presidente municipal es reelecto y aún no se sabe cuáles directores municipales habrán de repetir en el cargo.
Según el Artículo 33 de la Ley Para la Entrega-Recepción de las Administraciones Públicas del Estado y los Municipios de Durango: "El Comité Receptor deberá quedar constituido dentro de los primeros quince días del mes de agosto, para iniciar los trabajos de Entrega-Recepción final".
El alcalde Homero Martínez Cabrera, que habrá de gobernar el municipio por otros tres años a partir de septiembre de este 2022, dijo que esta semana comenzaron a pasar las listas de las dos partes (tanto de la parte que entrega como la que recibe), para que se empate la agenda y se pueda desarrollar la entrega - recepción. "En el transcurso de estos días se deben estar haciendo oficiales las listas.", dijo el presidente.
El acto de interés público, obligatorio y formal, mediante el cual se efectúe la Entrega-Recepción de los asuntos y recursos públicos, que se realiza mediante el acta correspondiente, en la que se describe el estado que guarda la administración de los entes, dependencias, entidades o sujeto obligado de que se trate, debiendo contener los requisitos y formatos establecidos por la presente Ley, así como el marco normativo correspondiente.
La Contraloría y los Órganos Internos de Control, deberán emitir los formatos y actas que se utilizarán de manera general para el acto de Entrega-Recepción, mismos que serán publicados en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Durango o en la Gaceta Municipal correspondiente.
Por parte de los municipios, en la Entrega-Recepción participan: a) El servidor público titular saliente; b) El servidor público titular entrante o la persona que éste designe; c) El Contralor Municipal; y V.- En los organismos autónomos (DIF y Sapal): a) El servidor público titular saliente; b) El servidor público titular entrante o la persona que éste designe; c) El representante de su Órgano de Control Interno.