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Inai ordena a la Guardia Nacional entregar reportes por uso de la fuerza de sus elementos

Se resolvió así una impugnación interpuesta por un particular

El particular requirió los reportes que elaboró la Guardia Nacional entre el 27 de mayo de 2019 y el 10 de marzo de 2021. (ARCHIVO)

El particular requirió los reportes que elaboró la Guardia Nacional entre el 27 de mayo de 2019 y el 10 de marzo de 2021. (ARCHIVO)

AGENCIAS

La Guardia Nacional debe entregar la versión pública de los reportes pormenorizados que ha generado por uso de la fuerza de sus elementos, entre mayo de 2019 y marzo de 2021.

Así lo ordenó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), tras resolver una impugnación interpuesta por un particular, a quien le negaron dichos datos. "Tiene una especial relevancia porque expone la doble dimensión del derecho de acceso a la información, ya que, por un lado, permite a la ciudadanía acceder a datos con respecto de uno de los controles del uso de la fuerza que existen en nuestro país y, por otro, permite también evaluar si las acciones de determinada institución de seguridad pública se apegan a los principios legales nacionales e internacionales, para verificar su eficacia en términos del desempeño de la responsabilidad de esos cuerpos policiacos", detalló el comisionado Adrián Alcalá Méndez, quien estuvo a cargo del caso.

De acuerdo con la relatoría, el particular requirió los reportes que elaboró la Guardia Nacional entre el 27 de mayo de 2019 y el 10 de marzo de 2021.

"Estos reportes deben contener, como mínimo, el nombre, adscripción, datos de identificación del agente, así como el nivel de fuerza utilizado, las circunstancias de tiempo, modo, lugar de los hechos y las razones que motivaron la decisión del agente de emplear dicho nivel de fuerza, entre otros, en caso de haber utilizado armas letales", detalló Alcalá Méndez.

En respuesta, la Guardia Nacional reservó de manera íntegra los informes policiales homologados, al considerar que su publicidad dañaría la seguridad pública y pondría en peligro a servidores públicos operativos y, adicionalmente, a juicio del sujeto obligado, afectaría las funciones en materia de prevención y de persecución de los delitos.

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