Nacional Migrantes AMLO Reformas Constitucionales Violencia Reformas estructurales

Tribunal Electoral ordena sancionar a Jesús Ramírez Cuevas, vocero de Presidencia

Difusión de la conferencia matutina en abril representó una infracción

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la difusión de la conferencia matutina del presidente, Andrés Manuel López Obrador, del pasado 9 de abril, representó una infracción por tratarse de propaganda gubernamental en periodo prohibido. (ARCHIVO)

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la difusión de la conferencia matutina del presidente, Andrés Manuel López Obrador, del pasado 9 de abril, representó una infracción por tratarse de propaganda gubernamental en periodo prohibido. (ARCHIVO)

EL UNIVERSAL

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la difusión de la conferencia matutina del presidente, Andrés Manuel López Obrador, del pasado 9 de abril, representó una infracción por tratarse de propaganda gubernamental en periodo prohibido.

Por ello, el Órgano Interno de Control de la Oficina de la Presidencia deberá determinar la sanción que corresponda al coordinador General de Comunicación Social y Vocería de la Oficina de la Presidencia de la República, Jesús Ramírez Cuevas, y al titular del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie), Erwin Sigrid Frederick Neumaier de Hoyos, quienes fueron señalados de haber cometido una falta grave ordinaria.

El 19 de abril, Teresa Guadalupe Vale Castilla, excandidata a la Alcaldía Miguel Hidalgo por el partido Movimiento Ciudadano, presentó una queja por la presunta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido durante dicha conferencia referente a logros del gobierno, dentro del proceso de campaña de las elecciones federales 2020-2021, así como dentro del periodo de campañas en diversas entidades federativas.

El 27 de mayo, la Sala Especializada declaró la existencia de la infracción por la difusión de propaganda gubernamental actualizándose la transgresión al artículo 41, de la Constitución, derivado de diversas manifestaciones en la conferencia.

La Sala Superior confirmó la sentencia emitida por la Sala Regional Especializada.

Leer más de Nacional

Escrito en: Jesús Ramírez Cuevas Cepropie

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Nacional

TE PUEDE INTERESAR

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la difusión de la conferencia matutina del presidente, Andrés Manuel López Obrador, del pasado 9 de abril, representó una infracción por tratarse de propaganda gubernamental en periodo prohibido. (ARCHIVO)

Clasificados

ID: 1943665

YouTube Facebook Twitter Instagram TikTok

elsiglo.mx