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Arranca veda electoral en Coahuila y Durango

Del 3 al 5 de junio todo acto político está prohibido; se incluye propaganda del Gobierno

Hoy comienza el periodo de reflexión, que busca asegurar a la ciudadanía un voto libre y secreto. (ARCHIVO)

Hoy comienza el periodo de reflexión, que busca asegurar a la ciudadanía un voto libre y secreto. (ARCHIVO)

FABIOLA P. CANEDO

Hoy inicia la veda electoral. Ayer terminaron las campañas de los candidatos a diputados federales, alcaldes en Coahuila y diputados locales en Durango. Hoy comienza el periodo de reflexión, que busca asegurar a la ciudadanía un voto libre y secreto.

La veda abarca los tres días previos a la jornada electoral y concluye con la clausura de las casillas. En este periodo no está permitido realizar actos públicos de campaña, propaganda o proselitismo electoral, publicar resultados de encuestas o sondeos de opinión (hasta las 18:00 horas del día de la elección). Tampoco se debe difundir propaganda gubernamental.

La veda electoral tendrá lugar del 3 al 5 de junio y el domingo 6 será la elección.

En la última elección local que se tuvo en Coahuila, en 2020, donde se renovó el Congreso del estado, votó apenas un 40 por ciento del padrón, es decir, 4 de cada 10 acudieron a las urnas, mientras que 6 determinaron no ejercer su voto. Sin embargo, se estima una mayor participación para esta jornada debido a que se trata de la renovación de presidencias municipales, que genera un mayor interés en la población.

En el 2018, cuando se renovó la presidencia de la república, senadurías, diputaciones federales y alcaldías, se tuvo una participación del 62 por ciento en la entidad; en la ciudad de Torreón se alcanzó un 66.2 por ciento, una de las votaciones más altas.

En Coahuila se renovarán 38 ayuntamientos, 76 sindicaturas y 400 regidurías. A nivel nacional, se renuevan las 500 curules de la Cámara de Diputados. Se considera la elección más grande en la historia del país, pues participarán todos los estados y serán más de 90 millones de mexicanos los que podrán acudir a emitir su voto.

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La veda electoral tiene sustento en el Artículo 41 apartado C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales como de las entidades federativas, así como de los municipios, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y cualquier otro ente público.

Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

El Artículo 210 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales indica que la distribución o colocación de la propaganda electoral deberá respetar los tiempos legales que se establezcan para cada caso; su retiro o fin de su distribución deberá efectuarse tres días antes de la jornada electoral.

Y el Artículo 213 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales señala que durante los tres días previos a la elección y hasta la hora de cierre de las casillas queda estrictamente prohibido publicar, difundir o dar a conocer por cualquier medio de comunicación los resultados de las encuestas o sondeos de opinión que tengan como fin dar a conocer las preferencias electorales.

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