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El acceso a la justicia de las personas en pobreza

ZULEMA MOSRI GUTIÉRREZ

Todas las personas tenemos garantizado el derecho a que se nos administre justicia por tribunales que la impartirán de manera expedita en los plazos y términos que establezcan las leyes, de acuerdo con el artículo 17 constitucional, aunque en realidad, no es posible para las personas en situación de pobreza hacerse cargo de los costos de un proceso judicial.

Los gastos de una causa judicial no sólo incluyen los honorarios de los abogados y peritos, sino que hay otros, como el pago del transporte y hospedaje para la persona o los testigos -como cuando viven en una ciudad o poblado distante de aquel donde se realizará la diligencia- o los costos para la obtención de documentos probatorios o incluso, sólo la necesidad de ausentarse del trabajo por un día o más, disuade a las personas -por el temor a los descuentos o a perder sus empleos- de acudir ante las instancias judiciales a reclamar sus derechos.

La pobreza dificulta la obtención de los beneficios que el sistema de administración de justicia otorga, como la libertad bajo caución. En el Informe A/67/278de la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre la extrema pobreza y los derechos Humanos, Magdalena Sepúlveda Carmona señala que con frecuencia las consecuencias financieras del encarcelamiento y de la incapacidad de pagar una fianza ejercen sobre las personas en pobreza una mayor presión para declararse culpables, aunque no hayan cometido un delito.

Infortunadamente la pobreza no es la única condición de vulnerabilidad que hay, pero sí es una de las más extendidas, principalmente en México, donde el Consejo Nacional para la Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) reportó en 2018 a 52.4 millones de personas en pobreza (41.9% de la población) y de éstas a 9.3 millones en situación de pobreza extrema.

Si bien, se reconoce el fin de la pobreza como el primero de los objetivos de la Agenda de Desarrollo Sostenible, cada vez se hace más necesario que los Estados suscriban compromisos específicos en algún tratado o convenio multilateral para su efectiva erradicación, como los hay en los sistemas Internacional e Interamericano de Derechos Humanos para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes, personas migrantes, con discapacidad, adultas mayores, mujeres y personas de comunidades y poblaciones indígenas o LGBTTI, sobre todo, si se toma en cuenta que como lo ha expuesto la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas, la pobreza es en sí misma un problema de derechos humanos y causa y consecuencia de violaciones a otros derechos humanos.

Twitter: @z_mosri

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