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Ley de Remuneraciones

Morena y aliados avalan Ley de Remuneraciones

Para que ningún funcionario gane más que el presidente de la República

La remuneración se calculará conforme a la metodología para el primer año del mandato.

La remuneración se calculará conforme a la metodología para el primer año del mandato.

AGENCIAS

Por tercera ocasión, con cambios de último momento y con críticas de que no resolvería la problemática y seguirían los amparos, las bancadas de Morena, PT, PES y MC aprobaron expedir una nueva Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos para que ningún funcionario gane más que el presidente de la República; sin embargo, mantienen los bonos y premios.

Los diputados federales primero debatieron un dictamen que aprobó la Comisión de Transparencia y Anticorrupción en diciembre pasado, en el que derogaba este ordenamiento y se expedía uno nuevo y se avaló en lo general con 300 votos a favor, 64 en contra y 41 abstenciones.

Pero al debatirse las reservas, los diputados federales de Morena, Pablo Gómez y Rubén Terán, así como Juan Carlos Villarreal, de MC, presentaron un documento con diversas reservas que modifican 34 de 36 artículos que contiene la ley y que al final fueron aprobadas y enviadas al Senado de la República.

En ese dictamen se incluye que los funcionarios pueden obtener premios, recompensas, bonos, reconocimientos o estímulos que se otorgan de manera excepcional a los servidores públicos condicionados al cumplimiento de compromisos, de resultados sujetos a evaluación, así como el pago de horas de trabajo extraordinarias y demás asignaciones de carácter excepcional, autorizadas en los términos de las disposiciones aplicables.

En las modificaciones, que se aprobaron en lo particular con 287 votos a favor, 40 abstenciones, y 57 en contra, se establece que ningún servidor público obligado por la presente ley recibirá una remuneración o retribución por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión igual o mayor a la remuneración anual máxima que tenga derecho a recibir el presidente de la República por concepto de percepciones ordinarias, "sin considerar las prestaciones de seguridad social a las cuales tengan derecho conforme a la legislación en la materia".

Sin embargo, describe que la remuneración anual bruta para los titulares de los entes públicos serán fijados por ellos mismos, pero no deben rebasar el salario del Titular del Ejecutivo federal como: la Cámara de Diputados, el Senado, la Auditoría Superior de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Consejo de la Judicatura Federal, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Tribunal Federal de Justicia Administrativa, Instituto Nacional Electoral, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, e Instituto Nacional de Estadística y Geografía, entre otros

La remuneración anual máxima se calculará conforme a la metodología únicamente para el primer año del mandato del presidente; para los años posteriores del sexenio, la remuneración será actualizada conforme a la política salarial general aplicable a la administración pública, sin que exceda el doble del índice inflacionario acumulado al mes de octubre del año inmediato anterior.

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