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Colegios deben ser flexibles: Profeco

Las escuelas deberán ajustar los cobros de manera proporcional a la diversidad de servicios. (EL SIGLO DE TORREÓN)

Las escuelas deberán ajustar los cobros de manera proporcional a la diversidad de servicios. (EL SIGLO DE TORREÓN)

FABIOLA P. CANEDO

Si con motivo de la situación de emergencia sanitaria, para el ciclo escolar las escuelas no brindan el servicio de manera presencial u ofrecen un modelo de educación a distancia, la Profeco establece que también deben ser flexibles para ajustar los cobros de manera proporcional a la calidad, diversidad de servicios y uso de instalaciones.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) sugiere la conciliación entre padres de familia y las escuelas particulares, en función del modelo educativo que pretenda implementar cada escuela para el cumplimiento de los planes de estudio.

El acuerdo establece que las escuelas particulares sólo podrán cobrar de manera general y obligatoria los siguientes conceptos: inscripción o reinscripción; colegiaturas, así como el número de estas; derechos por incorporación, en su caso.

Las escuelas deben aceptar sin cargo alguno los pagos de colegiaturas, dentro de los primeros diez días naturales de cada mes. No obstante, si alguna familia tiene alguna dificultad, se exhorta a que la escuela ofrezca algún esquema de apoyo que permita realizar los pagos, sin afectar la educación de los alumnos.

Si las escuelas no respetan sus derechos o no quieren conciliar los pagos o ajustes a los mismos, los padres de familia tienen derecho a presentar una queja ante la Procuraduría Federal del Consumidor, para iniciar un proceso de conciliación con el que se busca alcanzar un arreglo entre las partes.

Las reclamaciones que se realicen con motivo de la prestación de servicios educativos o similares, proporcionados por particulares a niñas, niños o adolescentes, por vulneración a sus derechos, podrán presentarse dentro del término de diez años a partir de que se advierta dicha vulneración. Si no se trata del supuesto anterior, la queja se puede presentar en el plazo de un año.

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