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Dilemas en la reforma de la Ley de Aguas

A la ciudadanía

GERARDO JIMÉNEZ GONZÁLEZ

Después de ocho años de espera para reformar la Ley de Aguas Nacionales, estamos en la recta final de promulgar una nueva que actualice la vigente desde 1992. Esta ley debió modificarse desde 2012, una vez que se reformó el Artículo 4º Constitucional en el que se establece el Derecho Humano al Agua, pero por diversas causas se postergó la presente legislatura, la cual debe aprobar un nuevo marco normativo en la materia, algo nada fácil en virtud de la gama de intereses asociados al manejo y uso de este recurso estratégico para la vida y economía del país.

A la fecha hay cinco iniciativas presentadas en la Cámara de Diputados: dos de legisladores de Morena, una del Partido del Trabajo, una del Partido de Acción Nacional y una del colectivo ciudadano denominado Agua para Todos. Sin embargo, podría decirse que entre las cinco se resume a dos proyectos diferentes: el del PAN con respaldo del Consejo Consultivo del Agua y corporativos empresariales, y el otro en torno a la Iniciativa Ciudadana, que tiene el respaldo ciudadano de 198,129 firmas validadas por el Instituto Nacional Electoral.

Las diferencias sustanciales entre ambos proyectos marcan dilemas que los legisladores deben definir para aprobar el dictamen que es posible se presente en la Cámara de Diputados en el transcurso de este mes o el siguiente. Uno de estos dilemas es si se aprueban cambios que mantengan la fragmentada legislación que norma el manejo y uso del agua, ya que en él interfiere no solo la ley en la materia sino que hay otras que refieren a esta expresando, incluso, lagunas y contradicciones entre sí, y la otra si se aprueba una ley transversal que las integre.

Otro de esos dilemas es determinar los alcances que la nueva ley tendrá en el modelo de gobernanza del agua, ya que si bien la actual en su momento significó un avance progresivo al incorporar los usuarios en la gestión del agua, no de manera decisiva en la toma de decisiones pero sí abriendo espacios para que participaran en estructuras u organismos que acompañaban a las instituciones hídricas en esa gestión. Es el caso de los Consejos de Cuenca, algunos organismos auxiliares y, particularmente, la transferencia en el manejo del agua a las asociaciones de usuarios como los módulos de riego, las sociedades de responsabilidad limitada, los comités técnicos de aguas subterráneas o los propios organismos operadores municipales y las comisiones de aguas estatales.

El reto aquí es hasta qué punto los legisladores están dispuestos a democratizar la gestión del agua en México, replanteando los mecanismos de participación de los usuarios e incorporando a los ciudadanos, al fin también usuarios, y la academia en esas o nuevas estructuras de gobernanza hídrica, ya que el modelo vigente muestra su agotamiento y limitaciones para enfrentar la actual y compleja problemática. Es cada vez más necesaria la vigilancia ciudadana para acotar la corrupción existente.

Un tercer dilema que hace ruido es el manejo de las concesiones. Hay 538,000 concesiones otorgadas por el gobierno, de las cuales el 43% se otorgaron para uso agrícola pero usan el 76% del agua disponible en el territorio nacional, mientras que en el uso público es el 14.9% y el industrial el 9.6%; de hecho la laxitud que existe en la ley vigente ha permitido un amplio tráfico en el manejo de esas concesiones que ha posibilitado su concentración en un reducido segmento de usuarios, monopolizado entre grandes empresarios o corporativos empresariales que hacen ver al agua más como un recurso privatizado que un bien común propiedad de la nación, como lo establece la propia ley.

No solo es la concentración de concesiones lo que esté en el juego de intereses sobre el agua, es también el periodo de otorgamiento. Actualmente la ley lo delimita entre cinco y treinta años, renovable por un plazo similar. En estos tres aspectos se centra la discusión del nuevo marco jurídico que reglamenta el artículo 4º constitucional y es en torno a ellos que se definen los bloques parlamentarios: por un lado, el del PAN y el CCA, que quiere que solo reglamente dicho artículo y el de Agua para Todos que propone la transversalidad, de igual manera el primero no acepta la reducción en los plazos de otorgamiento de las concesiones y el segundo cree que si es necesario para regular mejor el manejo y uso del agua.

Finalmente, lo que está en juego son enfoques diferentes sobre la definición y la función del agua en la economía y la sociedad mexicana. La ley vigente se promulgó en el marco del Tratado de Libre Comercio de 1994, donde se concibió el agua como una mercancía que al estar sujeta a ese manejo laxo de transmisión de concesiones y volúmenes permitiría atraer inversiones privadas, que ciertamente permitió una privatización encubierta pero que se tradujo en una extracción y tráfico por encima de los umbrales naturales, es decir, de los volúmenes disponibles, situación que ha conducido a que tengamos una gran parte de las cuencas y acuíferos sobreexplotados y contaminados.

La nueva ley debe recuperar la definición del agua como un bien común, como un recurso público que en primer término asegure, como lo establece la Nueva Cultura sobre el Agua, el suministro a la población y a los ecosistemas naturales, sin que por ello demerite las actividades económicas, ya que estas deben ajustarse a la disponibilidad hídrica existente, de otra forma nos condenamos a un futuro marcado por la inseguridad hídrica. La Laguna es el mejor ejemplo de que esto debe corregirse.

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