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Infracciones y delitos para proteger la propiedad industrial

ALFONSO PÉREZ DAZA

En el marco de la implementación del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC), el Ejecutivo Federal expidió la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, misma que entrará en vigor a los noventa días hábiles siguientes al primero de julio, fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Esta ley, que sustituye a la denominada Ley de la Propiedad Industrial, establece un capítulo para definir las infracciones administrativas y otro especializado para tipificar los delitos en esa materia. Uno de los objetivos de la legislación es aumentar la protección de la propiedad intelectual con el fin de incentivar la inversión en nuestro país. Debe recordarse que la actividad de creación, ya sea en el ámbito de la cultura (libros, películas, música, etc.) o de la industria (denominaciones de origen, secretos industriales como la fórmula de refrescos o diseños industriales como automóviles, celulares, etc.), exige nuevas protecciones en vista del constante acecho por parte de grupos delictivos que distribuyen productos de forma ilícita.

Es ampliamente conocido que el comercio ilícito de falsificaciones se ha convertido en una actividad delictiva transnacional organizada. Recientemente, el secretario General de Interpol, Jürgen Stock, informó que autoridades a nivel mundial, que participan en una operación denominada "Pangea", encontraron alrededor de dos mil sitios en línea en los que se realiza publicidad de dispositivos médicos relacionados con la pandemia del COVID-19.

Aunque, entre los productos falsificados, las mascarillas quirúrgicas son el artículo más vendido, también se venden otros productos sin control de calidad como aerosoles, medicamentos o kits de protección. De acuerdo con informes periodísticos, se han incautado más de 34 mil mascarillas que no cumplen los requisitos mínimos de calidad. Además de exhibir los alcances de la falsificación y el comercio ilícito, este fenómeno demuestra la falta de consideración por el bienestar de las personas, incluso durante la peor crisis sanitaria de los últimos tiempos.

El académico José Tirado Estrada afirma que "los constantes avances tecnológicos en la era digital y las facilidades que presenta la red global de comunicaciones para la distribución instantánea y mundial de los productos pirateados ha generado un incremento de violaciones a los derechos de propiedad intelectual". Películas, libros digitales, softwares, entre otros, se venden sin autorización de sus titulares, generando pérdidas económicas millonarias en perjuicio del progreso y desarrollo económico. Lo anterior se debe a que, si un invento no recibe las ganancias que legítimamente le corresponden, desalienta la inversión de recursos adicionales para seguir innovando.

A mi juicio, la efectividad en la aplicación de la nueva ley para proteger la propiedad industrial dependerá de dos estrategias. Primero, la coordinación entre las autoridades competentes para sancionar las infracciones administrativas y aquellas encargadas de la investigación de los delitos. Se trata de procedimientos y facultades diferentes, pero que deben ser complementarias en el intercambio de información y datos de prueba. En los supuestos de uso ilícito de marcas registradas en el Instituto Mexicano de Propiedad Industrial coexiste la infracción y el delito, aunque se trate de los mismos hechos. La segunda estrategia radica en identificar la complejidad de la tipicidad de las infracciones y los delitos. El principio de legalidad exige a las autoridades demostrar la acreditación de todos sus elementos. De eso dependerá el éxito y efectividad de las sanciones.

No podemos olvidar que nuestro país ha sido uno de los principales consumidores de productos falsificados. Una asignatura prioritaria debe ser garantizar certeza jurídica que permita atraer más inversiones y proteger la propiedad intelectual. Solo así nuestra sociedad podrá alcanzar mejores niveles de desarrollo intelectual y económico.

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Escrito en: editorial ALFONSO PÉREZ DAZA

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