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Aprueban en Durango sesiones de Cabildo virtuales en Ayuntamientos

La intención es poder avanzar en los temas urgentes que demanda la población

De manera unánime, el Congreso de Durango aprobó reformas a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado para que las sesiones de Cabildo y de las diversas comisiones de los 39 ayuntamientos se realicen de forma virtual. (EL SIGLO DE TORREÓN)

De manera unánime, el Congreso de Durango aprobó reformas a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado para que las sesiones de Cabildo y de las diversas comisiones de los 39 ayuntamientos se realicen de forma virtual. (EL SIGLO DE TORREÓN)

ANGÉLICA SANDOVAL

De manera unánime, el Congreso de Durango aprobó reformas a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado para que las sesiones de Cabildo y de las diversas comisiones de los 39 ayuntamientos se realicen de forma virtual, esto ante adversidades sanitarias como el COVID-19 o situaciones de riesgo.

La propuesta fue presentada por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN), a iniciativa del regidor del municipio de Gómez Palacio, Juan Francisco Bueno, y la intención es poder avanzar en los temas urgentes que demanda la población.

Fueron las Comisiones Unidas de Gobernación y Fortalecimiento Municipal quienes presentaron a discusión el dictamen de la iniciativa, la cual también tiene como objetivo no poner en riesgo la salud de sus integrantes, asesores y personal administrativo durante esta pandemia por el coronavirus.

En este sentido, el Poder Legislativo dio a conocer que cada Ayuntamiento deberá emitir o adecuar la normatividad que corresponda a fin de dar cumplimiento al objetivo esencial de estas adecuaciones.

Por ello, los integrantes de la Sexagésima Octava Legislatura reconocen que "las nuevas tecnologías de la comunicación brindan oportunidades que en el pasado no se pudieran aprovechar, pues nos ofrecen la posibilidad de trabajar o estudiar prácticamente desde cualquier lugar".

Por lo tanto, se adiciona un cuarto párrafo al artículo 37 de Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango, para quedar de la siguiente manera:

El Ayuntamiento, así como las Comisiones a que se refiere el artículo 45 de este Ley, podrán reunirse en sesión no presencial cuando existan razones de salubridad general, protección civil, contingencia sanitaria o cualquier otra que impidan el acceso a las y los integrantes del Ayuntamiento al edificio que ocupe la presidencia municipal.

Dicha reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango y posteriormente, los Gobiernos municipales deberán expedir o adecuar la normatividad necesaria para hacer efectivas las reformas en un término no mayor a 30 días a partir de la entrada en vigor del mencionado decreto.

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