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Libertad de ofender

Jaque mate

SERGIO SARMIENTO
"¿Qué es la libertad de expresión? Sin la libertad de ofender no existe".— Salman Rushdie

Nadie cuestiona que haya legislación que sancione el daño moral, la difamación o la calumnia. Pero hay que castigar las faltas y no utilizar las leyes como herramientas para que los poderosos coarten la libertad de expresión. Este uso lo vimos en el caso de Lydia Cacho y por eso se eliminó la difamación de los códigos penales. Ahora lo vemos en la demanda civil por daño moral que Humberto Moreira ha promovido contra Sergio Aguayo.

Aguayo, académico del Colegio de México, columnista y comentarista, fue demandado por Moreira en 2016 por un artículo en el que hablaba del "hedor corrupto" del exgobernador de Coahuila y expresidente nacional del PRI. Moreira había sido detenido en España por presuntos actos de lavado de dinero y corrupción, aunque el caso fue sobreseído posteriormente.

Aguayo fue absuelto en primera instancia en 2019, pero un tribunal colegiado de distrito revocó la absolución y lo condenó a pagar una indemnización por 10 millones de pesos. En el tribunal participaba el magistrado José Huber Olea Contró, cuyo hermano recibió una notaría en Coahuila de Rubén Moreira, hermano de Humberto, según publicó Luis Carlos Plata en el periódico Zócalo de Coahuila.

Parte del problema es que el artículo 1961 del Código Civil establece que el daño moral se comete cuando se comunica una imputación a una tercera persona, física o moral, "de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio, o exponerlo al desprecio de alguien". La clave es que el hecho imputado sea cierto o falso. Esto significa que la verdad no es defensa.

En 2007 se añadió el artículo 1961 Bis para aclarar: "No estará obligado a la reparación del daño moral quien ejerza sus derechos de opinión, crítica, expresión e información en los términos y con las limitaciones de los artículos 6º y 7º de la Constitución General de la República".

Aguayo está buscando ahora un amparo directo al fallo del colegiado. El juez de primera instancia autorizó el embargo de las propiedades de Aguayo para cubrir el pago de 10 millones de pesos de la sentencia del colegiado. Ayer Aguayo informó que la amenaza de embargo ha sido conjurada tras haber transferido 450 mil pesos que servirán de garantía para proceder al juicio de amparo.

En los países democráticos las leyes castigan la difamación y la calumnia, pero también protegen la libertad de expresión. Lo mismo pretenden lograr las leyes mexicanas, como lo hace el párrafo 1961 Bis, que salvaguarda los derechos de opinión, crítica, expresión o información. Por eso asombra la decisión del colegiado ante lo que es claramente una opinión crítica. En los países democrático, cabe añadir, la crítica a los políticos o funcionarios públicos tiene mucha mayor libertad que las opiniones sobre personas sin un papel público.

El caso de Aguayo obliga a revisar los intentos de algunos políticos de revivir la difamación como delito penal que podría castigarse con cárcel. Esta fue la legislación que permitió al exgobernador de Puebla Mario Marín promover una orden de aprehensión contra Lydia Cacho que se aprovechó para secuestrarla y torturarla por haber denunciado una red de pederastas.

Es importante tener leyes que protejan a las personas de imputaciones falsas y dolosas, pero sin restringir la divulgación de hechos ciertos, como la detención de un político en España, o de opiniones críticas. Un Estado que prohíbe llamar corruptos a los corruptos se convierte en una dictadura corrupta.

SUPERÁVIT

México tuvo un inusitado superávit comercial en 2019 de 5,820.3 millones de dólares. Esta es una de las razones de la fortaleza del peso. El superávit, sin embargo, no es señal de competitividad, sino de debilidad de la economía nacional.

Twitter: @SergioSarmiento

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