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Invalida SCJN condición en Coahuila para reparar daño a víctimas de delito

Publicó un comunicado a través de su portal de Internet

Lo anterior tras resolver la acción de inconstitucionalidad 130/2017, que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). (EL SIGLO COAHUILA)

Lo anterior tras resolver la acción de inconstitucionalidad 130/2017, que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). (EL SIGLO COAHUILA)

RENÉ A. GÓMEZ

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), resolvió invalidar algunos artículos de la Ley de Víctimas para el Estado de Coahuila de Zaragoza, por condicionar el entregar los recursos solo a quienes hayan sufrido violaciones graves a sus derechos.

A través de su portal de Internet, la SCJN publicó el comunicado No. 005/2020, en el cual difunde que la reparación integral del daño es un derecho de todas las víctimas de delito o de violaciones de derechos humanos; lo anterior tras resolver la acción de inconstitucionalidad 130/2017, que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

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Escrito en: Suprema Corte de Justicia de la Nación víctimas

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