Nacional AMLO Reformas Constitucionales Violencia Reformas estructurales Transportistas

Alerta de Violencia

¿Cuál es la diferencia entre la Alerta de Violencia y la de Género?

Atienden un problema clave

La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México en su artículo 8 menciona que la Secretaría de Gobierno a petición de la Secretaría de las Mujeres y de los alcaldes podrá emitir la Alerta de Violencia contra las Mujeres para enfrentar la violencia femicida. (ARCHIVO)

La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México en su artículo 8 menciona que la Secretaría de Gobierno a petición de la Secretaría de las Mujeres y de los alcaldes podrá emitir la Alerta de Violencia contra las Mujeres para enfrentar la violencia femicida. (ARCHIVO)

EL UNIVERSAL

La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México en su artículo 8 menciona que la Secretaría de Gobierno a petición de la Secretaría de las Mujeres y de los alcaldes podrá emitir la Alerta de Violencia contra las Mujeres para enfrentar la violencia femicida.

Lo anterior cuando existan elementos graves y sistemáticos contra las mujeres, existan elementos que presuman una inadecuada investigación y sanción de esos delitos.

Además cuando los organismos de derechos humanos a nivel nacional y local, los organismos de la sociedad civil y los organismos internacionales así lo soliciten a la Secretaría de Mujeres de la Ciudad de México.

En tanto el artículo 9 indica que la Alerta de Violencia contra las mujeres tendrá como objetivo acordar e implementar las acciones de emergencia para garantizar el cese de la violencia feminicida y la seguridad de las mismas.

Por lo tanto se establecer un grupo interinstitucional y multidisciplinario que dará seguimiento a las acciones; acordar e implementar las acciones necesarias para enfrentar y abatir la violencia feminicida; asignar recursos presupuestales necesarios para hacer frente a la alerta de violencia contra las mujeres, y hacer del conocimiento público el motivo de la alerta de violencia contra las mujeres y la zona territorial que abarcan las medidas a implementar.

Cabe mencionar que la Alerta de Género contra las Mujeres que decreta la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, que depende de Secretaría de Gobernación, es un mecanismo federal que tiene diversas medidas igual para erradicar la violencia de género en general en tanto la Alerta de Violencia de la Ciudad de México específica que es por la violencia feminicida.

Asimismo la ley local indica que el Gobierno de la Ciudad de México se debe hacer cargo así como asignar sus propios recursos para llevar a cabo las acciones.

La Alerta de Género se encuentra a la espera de la resolución de un Juez Federal debido a que organizaciones civiles interpusieron un amparo para que Conavim la decretara, sin embargo el organismo federal interpuso un recurso un de revisión por lo que se encuentra a la espera de la resolución definitiva.

Leer más de Nacional

Escrito en: Alerta de Violencia Sheinbaum Alerta de Género

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Nacional

TE PUEDE INTERESAR

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México en su artículo 8 menciona que la Secretaría de Gobierno a petición de la Secretaría de las Mujeres y de los alcaldes podrá emitir la Alerta de Violencia contra las Mujeres para enfrentar la violencia femicida. (ARCHIVO)

Clasificados

ID: 1644360

YouTube Facebook Twitter Instagram TikTok

elsiglo.mx