Columnas Finanzas

Ombudsman fiscal

LUIS ALBERTO PLACENCIA

Estimado lector, en esta ocasión comentaré el caso de una contribuyente a quién la autoridad fiscalle reanudó las obligacionesfiscales en el régimen en que se encontraba suspendida, por presumir la percepción de ingresos.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 29, fracción V y 30, fracción IV del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, cuando un contribuyente interrumpe todas sus actividades económicas que den lugar a la presentación de declaraciones periódicas de pago, deberá presentar ante el Servicio de Administración Tributaria el aviso de suspensión de actividades.

La presentación del aviso de suspensión de actividades, libera al pagador de impuestos de la obligación de presentar declaraciones periódicas durante el tiempo en que mantenga la citada suspensión, excepto de la declaración del ejercicio en que interrumpa su actividad o se trate de contribuciones causadas aún no cubiertas o corresponda a declaraciones de periodos anteriores a la fecha en que se inicie la suspensión de actividades.

Un caso de éxito que quiero platicarrelacionado con el tema en cuestión, es el atinente a una contribuyente que acudió a este Ombudsman Fiscalpara que se le brindara la asesoría y solución a su problemática, ya que al tributar en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, al interrumpir su actividad económica y dejar de percibir ingresos por tal actividad, decidió presentar ante la autoridad fiscal el aviso de suspensión de actividades en el mes de diciembre de 2003, no obstante a ello, recibió la notificación de dos multas por la supuesta omisión de un requerimiento referente a la presentación de la declaración mensual de diciembre de 2017.

Del servicio integral que PRODECON ofrece a los pagadores de impuestos, se advirtió en su constancia de situación fiscal que el SAT la había reactivado desde enero de 2009 en el régimen que se encontraba suspendida, aún y cuando no había percibido ingresos por actividades empresariales.

Aunado a lo anterior, en la opinión de cumplimiento de obligaciones se encontraba omisa en la presentación de pagos provisionales de ISR e IVA de los ejercicios 2015 al 2018.

A través de acciones de investigación que se llevó a cabo en PRODECON, se pudo conocer quela reanudación de actividades derivó de que una institución bancaria le reportó a la autoridad fiscal que la contribuyente había obtenido ingresos por intereses, sin que estos provinieran de operaciones realizadas por alguna actividad empresarial.

Ante tal situación, se le apoyó gratuitamente en la elaboración de un escrito, para adjuntarlo en la presentación de una aclaración a través del portal del SAT, buscando que la autoridad fiscal dejara sin efectos la referida reanudación de obligaciones en el régimen de actividades empresariales. En respuesta a tal aclaración, la autoridad procedió a dejar sin efectos de manera retroactiva la reanudación de actividades al 01 de enero de 2009, dejando subsistente únicamente el régimen de los ingresos por intereses que percibe.

Por lo que hace a las multas impuestas, a través del Servicio de Representación Legal se le apoyó a promover de manera gratuita el medio de defensa ante el Órgano Jurisdiccional, logrando acreditar que no eran procedentes al no haber percibido ingresos en el régimen de actividad empresarial, declarándose la nulidad de éstas.

Por actos como el mencionado o cualquier otro que provenga de una autoridad fiscal federal, como son el SAT, IMSS, INFONAVIT o CONAGUA, o de una coordinada respecto de contribuciones fiscales de carácter federal, PRODECON puede apoyarlo, por lo que le invitamos a que se acerque a cualquiera de nuestras oficinas, se comunique a nuestros números telefónicos al (55) 12 05 9000 y lada sin costo al 01 800 611 0190, envíe su planteamiento al correo electrónico: atencionalcontribuyente@prodecon. gob.mx o nos contacte mediante el servicio de Chat en Línea; para mayor información, le invitamos a consultar nuestra página electrónica www.prodecon.gob.mx. Le recordamos que nuestros servicios son totalmente gratuitos.

Hasta la próxima.

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