Mujeres vigilarán que se cumpla con lo marcado en la Norma 046 de la Secretaría de Salud. (EL SIGLO DE TORREÓN)
El Instituto Estatal de las Mujeres (IEM) vigilará la aplicación de la Norma Oficial Mexicana 046 de la Secretaría de Salud, para que las mujeres víctimas de violación tengan acceso a la interrupción legal del embarazo sin autorización del Ministerio Público, tal y como lo establece el Código Penal de Durango, y cumplan con otras especificaciones marcadas en la ley.
Las recomendaciones dadas para levantar la Alerta de Violencia de Género en el estado de Durango contemplan la modificación de la ley para armonizarla con el Código Penal Federal, sin embargo no se ha hecho.
"Ese es un tema legislativo, la Suprema Corte se pronunció, si ya está en Durango en dos casos por motivo de violación (...) ningún médico en Durango ha querido practicar el aborto, es tema de legislativo, ¿qué va a pasar? Que el Instituto estará vigilante de que esto se llegue a dar", dijo Laura Elena Estrada, directora del IEM.
Con respecto al amparo que interpuso la Secretaría de Salud por el incumplimiento en la aplicación de la NOM 046 a una menor de 13 años embarazada, producto de una violación y la cual sacó a la luz la asociación Sí hay Mujeres en Durango, Estrada dijo que se hará el señalamiento.
"Nada más lo señalaremos, reconozcamos que son dos poderes diferentes y que uno no ejerce en el otro, es el poder ejecutivo, legislativo y judicial, yo pertenezco al ejecutivo, soy muy respetuosa de los otros dos poderes, sin embargo, observando y vigilando".
Laura Elena Estrada dice que el Instituto colabora con la Secretaría de Salud sobre las condiciones de atención y prevención, para que todo el personal conozca la Norma 046 la cual tiene una serie de acciones para la atención de mujeres violentadas.
El pasado 5 de agosto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046-SSA2-2005 que ordena a todos los hospitales públicos interrumpir los embarazos resultados de violación, sin necesidad de que la víctima denuncie el delito ante el Ministerio Público.
Para acceder a la interrupción del embarazo, la modificación a dicha norma establece que en el caso de niñas menores de 12 años, la solicitud se realizará por conducto del padre y/o la madre, o a falta de estos, su tutor.
Además, el personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante, también se elimina el requisito de la autorización previa de la autoridad competente.
La Controversia constitucional 53/2016 fue promovida por el Poder Ejecutivo del Estado de Baja California, contra el Poder Ejecutivo Federal, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-190-SSA1-1999.
En la primera sesión del segundo período del año, el presidente de la SCJN, Arturo Zaldivar, recordó que ha votado reiteradamente por el derecho de todas las mujeres a interrumpir el embarazo, "pero en el caso de violación, me parece que es casi incuestionable que ese derecho sea accesible, cercano y rápido".