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Fijan plazo para Comité de Videovigilancia

Según el reglamento, en un periodo no mayor a 30 días deberá iniciar sesiones

Los integrantes del Comité cuentan con derecho a voz y voto, excepto quien ocupe Secretaría Técnica. (EL SIGLO DE TORREÓN)

Los integrantes del Comité cuentan con derecho a voz y voto, excepto quien ocupe Secretaría Técnica. (EL SIGLO DE TORREÓN)

ANGÉLICA SANDOVAL

De acuerdo al nuevo Reglamento de Videovigilancia Urbana para el Municipio de Torreón y con el inicio de operaciones del Centro de Inteligencia Municipal (CIM), en un plazo no mayor a 30 días deberá estar sesionando el Comité de Videovigilancia en la ciudad.

La facultad de este órgano colegiado, es proteger los derechos humanos fundamentales, ordenar la destrucción de las imágenes captadas por la Policía Preventiva Municipal en los términos de dicho reglamento y aprobar y validar los procesos y procedimientos de la cadena de custodia de imágenes y grabaciones.

Otra función es verificar de manera calendarizada o aleatoria que los principios y preceptos sean observados en todo momento por parte del personal a cargo del sistema de videovigilancia del municipio de Torreón.

El Comité será encabezado por el presidente municipal; secretario del Ayuntamiento; regidor que presida la Comisión de Seguridad Pública del Cabildo; el director de Seguridad Pública y el titular de la Contraloría Municipal.

El Reglamento señala que además se nombrará a una secretaria o secretario técnico que tendrá un cargo honorífico con derecho de uso de la voz pero no de voto.

En este sentido, el alcalde o el secretario del Ayuntamiento deberán proponer a cualquier otra persona que por su conocimiento en la materia pueda colaborar en los trabajos del Comité.

"A partir del día 14 (de mayo) que ya empezó a operar el Centro de Inteligencia Municipal pues tendríamos que integrar ya, lo antes posible el Consejo, sin embargo tenemos 30 días que es lo que marca el Reglamento", explicó José Ignacio García Castillo, primer regidor del Ayuntamiento de Torreón.

Si usted desea conocer el contenido del Reglamento de Videovigilancia puede descargarlo en la siguiente liga: http://www.torreon.gob.mx/gaceta_municipal/reglamentos.html

Facultad

La función del Comité de Videovigilancia es:

*Proteger derechos humanos fundamentales.

*Ordenar la destrucción de imágenes captadas por la Policía Preventiva Municipal en los términos del reglamento.

*Aprobar y validar los procesos y procedimientos de la cadena de custodia de imágenes y grabaciones.

*Verificar que principios y preceptos sean observados en todo momento.

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