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El primer congreso de Coahuila

JUAN ANTONIO GARCÍA VILLA

La LXI (61) Legislatura es la que actualmente está en funciones en el Congreso local de Coahuila. Sin embargo, no significa que antes de ésta sólo hayan sido 60 las anteriores. No, sino que la numeración ordinal que ahora se sigue inició en 1869, después de haberse promulgado la Constitución local de ese año.

Desde tal año, 1869, sí van 61. Pero no todas han tenido la duración trianual que hoy tienen. Un buen número, más de la mitad de las que han sido, fueron de dos años, conforme al modelo norteamericano adoptado durante más de un siglo por el régimen constitucional mexicano. De otras su período fue de sólo un año o de duración irregular. Los ciclos de tres años empezaron con la XXXVI (36) Legislatura, cuyo periodo comprendió del 15 de noviembre de 1943 al 14 de noviembre de 1946.

Adicionales a las 61 legislaturas, en su historia Coahuila tuvo dos Congresos Constituyentes (1824-1827 y 1867-1869), que actuaron también como órganos legislativos ordinarios. Hubo asimismo cinco que se denominaron Congresos Constitucionales, los cuales siguieron también numeración ordinal, es decir, del primero al quinto, entre 1827 y 1835. De igual manera se registran tres Congresos, digamos que extraordinarios, entre 1848 y 1852.

Cabe señalar que durante diversos periodos Coahuila careció de órgano legislativo. El más prolongado fue de 1852 a noviembre de 1867, que es cuando se instala el segundo Congreso Constituyente después de restaurarse la República.

Para un mejor conocimiento de la historia legislativa de Coahuila, a continuación se exponen los datos más relevantes del Primer Congreso Constitucional del estado. En algunos de los siguientes artículos de esta serie se hará referencia a los otros cuatro que tuvieron esta misma denominación. Básicamente la información tiene como fuente la magnífica "Historia del Congreso de Coahuila de Zaragoza", en cinco tomos, obra coordinada por don Gabriel Pereyra.

El Primer Congreso de Coahuila quedó instalado el 28 de junio de 1827 y concluyó sus funciones quince meses después, el 30 de septiembre de 1828. Fue conformado en los términos de la entonces recién promulgada Constitución del Estado de Coahuila y Tejas, cuyo artículo 33 establecía el número de diputados en 12 propietarios y 6 suplentes.

Hasta donde se puede más o menos determinar según la escasa información disponible, un diputado por Saltillo renunció por enfermedad a los pocos días de ser electo y de otro, también del distrito de Saltillo, se declaró nula su elección por estar impedido.

De cualquier manera participaron en el Congreso dos diputados por Saltillo, otros dos por Texas, tres por el distrito de Monclova y cinco por el de Parras. De otro diputado se desconoce la circunscripción que representó, que probablemente también fue Parras pues se llamaba José Francisco Madero, quien por cierto ejerció las funciones de segundo secretario del Congreso. Por el número que suman, más de doce, es claro que al menos dos tuvieron participación habiendo sido electos con el carácter de suplentes. La asamblea tuvo como presidente al diputado José Ignacio Sánchez Navarro, del distrito de Parras.

El Congreso tuvo tres periodos de sesiones ordinarias, en los que se aprobaron al menos 65 leyes o decretos. Como desde siempre en Coahuila estas piezas legislativas han llevado una numeración consecutiva, sin que se tenga noticias de todas porque la colección en el archivo del Congreso está incompleta, la del número más alto es la 65, aunque hay una docena que carecen de número.

Entre las leyes dictadas, tres regulan lo relativo al trabajo, dos corresponden al Reglamento para el gobierno interior del Tribunal de Justicia del Estado, otra dicta las instrucciones a las que se sujetarán los ayuntamientos al emitir sus ordenanzas, una más establece que "las corridas de mesteños" se verifiquen durante los meses de octubre a febrero. Otro decreto es para establecer que "En las haciendas o ranchos en que la población exceda de 500 personas se nombre un comisario de policía y un Procurador".

Mediante otro decreto se dispone que "serán puestos en libertad todos los actualmente procesados y que están en prisión por (sus) ideas políticas".

Un par de decretos en materia fiscal son: uno, para extender a todos los pueblos del Estado "El dos por ciento (como) impuesto a la circulación de la moneda", y otro para declarar a la capital libre de la alcabala al maíz "con objeto de que por este medio se rebaje el precio en beneficio de los pobres".

Acuerdos dictados por el Primer Congreso se cuentan 95. Cuatro son relativos al tabaco. Otro para establecer que "Quedan terminadas las causas pendientes de varios ciudadanos procesados por (sus) opiniones políticas". Otro que ordena que "En todos los pueblos del Estado se darán misas de Gracias". Y uno cuyo título reza: "El diputado que pudiendo andar en la calle, no asistiere a Sesión, será multado".

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