El año pasado se instalaron más de 200 boyas y 100 reductores de velocidad, a solicitud de ciudadanos. (EL SIGLO DE TORREÓN)
Ante la falta de cultura vial que existe en Torreón, el año pasado se instalaron más de 200 boyas y 100 reductores de velocidad, a solicitud de ciudadanos inconformes por el exceso de velocidad de los automovilistas que circulan por los sectores habitacionales.
Mediante una solicitud de información a través de la plataforma de transparencia, el director de Ordenamiento Territorial y Urbanismo, Aldo Villarreal Murra, informó que no todas las solicitudes son autorizadas y explicó que se realiza un diagnóstico respecto a cada petición donde se toma en cuenta lo siguiente:
¿Cuándo se justifica un reductor de velocidad?
*Cuando más del 20 por ciento de los conductores que circule por determinado punto exceda en 20 kilómetros por hora la velocidad establecida.
*Cuando exista un establecimiento público o privado de uso frecuente por diversos tipos de personas que se consideren como vulnerables, como son los adultos mayores, niños, personas con discapacidad.
*Cualquier factor debidamente justificado y a juicio técnico que provoque condiciones de peligro o inseguridad, justificándose la colocación del reductor.
Restricciones:
*Carreteras de cuatro o más carriles y en vías con velocidades iguales o mayores a 80 kilómetros por hora.
*En puentes o pasos a desnivel.
*Partes de la vía que contenga curvas o condiciones geométricas que impidan percibir el reductor completamente.
*En tramos de vía con una pendiente constante superior a 5 por ciento.
*En condiciones donde el reductor obstruya el flujo libre del agua.
*Frente a entradas de cochera o de acceso.
*En vías que comuniquen directamente con hospitales o clínicas, tanto públicas como privadas, y vías que sean regularmente usadas por vehículos de emergencias.
*A menos de 90 metros de otro reductor de velocidad.
*A menos de 90 metros de un cruce ferroviario.
*A menos de 50 metros de una intersección semaforizada.
*A menos de 25 metros de una parada de autobuses.
*A menos de 25 metros de la línea de parada de un paso peatonal regulado por semáforo.
*A menos de 25 metros de una intersección no semaforizada.
*A menos de 25 metros de un punto de tangencia de una curva.
PARA REALIZAR LA SOLICITUD:
*El ciudadano interesado debe presentarla en la Dirección de Ordenamiento Territorial y Urbanismo.
*Debe incluir el sitio de colocación con dirección y croquis.
*Especificar que se desea que se construya o si se solicita una autorización para construirlo con recursos propios.
*Nombre y dirección del solicitante.
*Escrito con el permiso de más del 50 por ciento de los vecinos que residen en la calle a instalar el reductor.