Tal como lo estipula la Ley Federal del Trabajo (LFT), los trabajadores tendrán derecho a recibir un aguinaldo (un equivalente a 15 días de salario) anual antes del 20 de diciembre. (ARCHIVO)
Tal como lo estipula la Ley Federal del Trabajo (LFT), los trabajadores tendrán derecho a recibir un aguinaldo (un equivalente a 15 días de salario) anual antes del 20 de diciembre, sin embargo, las personas que ganan por honorarios, legalmente no tienen derecho a recibir este pago.
Por ejemplo, si eres un trabajador independiente y que recibe honorarios de cierta empresa, legalmente no se tiene derecho a recibir un aguinaldo, ya que no existe una relación laboral de subordinación regida por la LFT.
Caso contrario a un trabajador que se desempeña como un empleado de tiempo completo (8 horas), tiene identificación de la empresa, y recibe correos electrónicos de esta, entonces es considerado empleado directo, así como también quienes ya sean empleados de confianza, estén de planta, sean sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, agentes de comercio, vendedores, eventuales, comisionistas, se tendrá derecho a recibir aguinaldo conforme la LFT.
En ocasiones, según explica para El Financiero, Juan Manuel Franco, socio de BDO México,las empresas por ahorrarse el pago de las cuotas de Seguro Social e Infonavit, simulan que no eres un trabajador por tener salarios asignados, por lo que si el jefe no regula la situación, el empleado tiene derecho a demandar presentando evidencia de que en realidad prestó servicios fijos.