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¿En qué consiste la Alerta de Violencia de Género?

Explicamos en qué consiste este mecanismo contenido en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

(EL SIGLO DE TORREÓN)

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EL SIGLO DE TORREÓN

El estado de Durango recibió la declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) en 16 de sus municipios, por parte de la Secretaría de Gobernación a través de la Conavim.

En seguida explicamos en qué consiste este mecanismo contenido en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por qué se declaró a Durango y qué se pide al Gobierno del estado, y los municipios para levantar esta alerta.

ALERTA DE GÉNERO

La AVGM es un mecanismo de protección de los Derechos Humanos de las mujeres único en el mundo. Consiste en un conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida y/o la existencia de un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los Derechos Humanos de las mujeres, en un territorio determinado (municipio o entidad federativa); la violencia contra las mujeres la pueden ejercer los individuos o la propia comunidad.

HISTORIA DEL PROCESO DE ALERTA EN DURANGO

En julio de 2017, la asociación civil "Fundación para la Promoción, Desarrollo y Empoderamiento de las Mujeres" (Funprodem) que preside Sandra Sierra Limones, hace la solicitud de Alerta de Género para 10 municipios de La Laguna, siendo éstos: Gómez Palacio, Lerdo, Tlahualilo, Mapimí, San Pedro del Gallo, San Luis del Cordero, Rodeo, Nazas, General Simón Bolivar y San Juan de Guadalupe, Durango. La petición se hace ante el Instituto Nacional de las Mujeres, quien lo remite a la Conavim (Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra la Mujer).

En septiembre del mismo año, las organizaciones "Sí Hay Mujeres en Durango" y "Nosotras, Nosotros, Durango", que presiden Julieta Hernández Camargo y Selene Name Soto, respectivamente, pide la AVGM para el resto de los municipios de la entidad.

En octubre, la Conavim informa que las dos solicitudes serán atendidas como si fuera una sola y elaboran un diagnóstico en Durango para realizar recomendaciones que ayuden a atender, prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y eviten la declaratoria de Alerta.

En enero de este año entregan 13 propuestas o recomendaciones al Gobierno del Estado y éste notifica en febrero la aceptación y se le da un plazo de seis meses para su cumplimiento.

En agosto, el Estado entrega el informe sobre el trabajo hecho para cumplir con las recomendaciones y el lunes 6 de noviembre, la Segob, a través de la Conavim, informa que se declara la Alerta en 16 municipios, siendo éstos: Gómez Palacio, Lerdo, Durango, Mezquital, Pueblo Nuevo, Poanas, Tamazula, Canatlán, General Simón Bolívar, Mapimí, Nombre de Dios, Rodeo, Tlahualilo, Vicente Guerrero, Santiago Papasquiaro y Guadalupe Victoria.

¿POR QUÉ SE DECRETÓ LA ALERTA DE GÉNERO PARA DURANGO?

El grupo de trabajo de la Conavim entregó en enero de este año 13 recomendaciones al estado de Durango. El dictamen arrojó que el Gobierno no cumplió ninguna en su totalidad.

Las recomendaciones fueron:

1.- Elaborar protocolos de investigación para atender los delitos de feminicidio, trata de personas y delitos sexuales.

Éstos deberán estar elaborados conforme a los más altos estándares en la materia y a las necesidades del sistema penal acusatorio-adversarial, el cual debe contener como mínimo el estudio del tipo penal en la entidad, las herramientas de actuación para acreditar las razones de género, el establecimiento de un plan de investigación, el contenido mínimo de la acusación, la formulación de la teoría del caso y la solicitud de la reparación integral del daño.

Para la aplicación de estos protocolos se deberá brindar la capacitación adecuada y se deberá dar seguimiento a su activación mediante la asistencia técnica de personal experto en actuación ministerial con perspectiva de género y Derechos Humanos, a través de la atención de casos concretos.

2.- Investigación por parte de la Fiscalía General de Justicia del Estado de posibles situaciones de trata de personas y explotación sexual en el municipio de Tlahualilo, por parte de un área especializada y en su caso rescatar a las víctimas y garantizar sus derechos de acceso a la justicia, protección y reparación del daño, detener y presentar ante la justicia a las personas responsables.

Una vez que se realice dicha investigación, la experiencia y buenas prácticas generadas deberán replicarse en los demás municipios de la entidad.

3.- Generar una estrategia de comunicación permanente intercultural, inclusiva e integral, encaminada a la prevención de la violencia en contra de las mujeres, poniendo especial atención en la violencia feminicida, a nivel estatal y municipal. Difundir las formas en que las víctimas puedan identificar y denunciar los tipos de violencia.

4.- Elaborar y reformar la normatividad. Algunas leyes que se pidieron modificar son: la Ley de Eliminación de la Discriminación; la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Durango; la Ley de las Mujeres para una Vida sin Violencia; para la Prevención, Atención y Erradicación de la Trata de Personas en el estado de Durango; para la Atención, Prevención y Erradicación de la Violencia Familiar y los códigos Civil y Penal para el Estado de Durango.

5.- Garantizar el dominio del protocolo para la expedición y aplicación de medidas de protección para mujeres víctimas de violencia, por parte de los responsables de su aplicación; desarrollar estrategias de comunicación e información para personal de dependencias, y difundir su funcionamiento entre OSC, y mujeres víctimas de violencia. Profesionalización de las policías y fortalecimiento en su calidad de primeras respondientes e investigadoras del delito. Deberán incluir esquemas para valorar el riesgo, a fin de que las medidas de protección o medidas cautelares ordenadas, sean adecuadas e idóneas para la situación específica de cada uno de los casos. A la vez, deberá aplicarse un mecanismo de seguimiento y evaluación periódica de las medidas adoptadas y llevar con precisión un registro administrativo de todas las órdenes de protección dictadas por las autoridades competentes en la entidad federativa.

6.- Garantizar el funcionamiento del Banco Estatal de Datos, para que todas las instancias y dependencias de la administración pública estatal obligadas por ley, suministren información en tiempo y forma sobre la situación de violencia contra las mujeres en la entidad, de conformidad con lo establecido en la Ley de Acceso Local. El sistema deberá ser alimentado con periodicidad y actualizado cada tres meses, a fin de identificar dinámicas y patrones de violencia contra las mujeres y, en consecuencia, diseñar y fortalecer las políticas públicas en la materia.

7-. Realizar programas de capacitación y profesionalización permanentes en materia de Derechos Humanos, perspectiva de género y diversidad sexual, para todo el personal de las instituciones encargadas de la atención, prevención, investigación y sanción de la violencia contra las mujeres. Añadir mecanismos de seguimiento y evaluación para conocer el impacto real.

8.- Crear las estructuras necesarias para aplicar refugios o albergues para las mujeres víctimas de violencia y en su caso de sus hijas e hijos que atiendan de manera urgente ante el riesgo en que se encuentren, por lo que en el período de activación de las propuestas (seis meses) deberá instalar al menos un refugio en cada una de las regiones del estado (Semidesierta, Los Valles, Sierra y Las Quebradas) al que tengan acceso las mujeres víctimas de violencia ocurrida en los municipios de la entidad.

9.- Elaborar y/o revisar y articular las políticas públicas estatales para el empoderamiento económico de las mujeres, con el objetivo de garantizar que cuenten con perspectiva de género y mecanismos de evaluación. Asimismo, se deben definir las bases para la generación de políticas públicas que promuevan el empoderamiento de la mujer a través de su autonomía económica.

10.- Elaborar e instrumentar un Programa Estatal interinstitucional, multisectorial y multidisciplinario para erradicar los estereotipos de género y contribuir a la transformación de las normas sociales y culturales que propician la violencia, el abuso y la coacción sexual de los varones, que contenga mínimamente, diagnóstico, estrategias, acciones, responsables, indicadores de cumplimiento y criterios de evaluación de resultados e impacto.

11.- Fortalecer a las instituciones involucradas en la prevención, atención, investigación y sanción de la violencia en contra de las mujeres. En particular: otorgar al Instituto Estatal de las Mujeres (IEM), al Instituto Municipal de la Mujer (IMM) y a los DIF municipales recursos materiales y humanos, así como presupuesto necesario para el ejercicio de sus facultades durante todo el año; integrar personal de psicología, trabajo social y derecho a los equipos de trabajo de los IMM, capacitado en perspectiva de género y Derechos Humanos; dotar al Centro de Justicia, así como a las agencias investigadoras de la FGJ encargadas de atender los delitos contra las mujeres de personal suficiente, especializado y sensible para garantizar el acceso a la justicia; mejorar la infraestructura de las agencias del MP de la Fiscalía, DIF municipales, IMM, Centros de Salud municipales y el IEM, así como para mejorar las condiciones laborales del personal; incluir en el organigrama del IEM la unidad de atención región Laguna y fortalecerla con presupuesto, infraestructura y personal especializado; además, se deberá generar un programa de evaluación periódica de calidad del servicio que considere indicadores de atención con perspectiva de género, el cual deberá ser validado y acompañado por organizaciones de la sociedad civil y contemplará la instalación de buzones para la recepción de quejas y sugerencias ciudadanas; finalmente, se deberá trabajar con los ayuntamientos para que todos los municipios cuenten con Institutos Municiales de la Mujer.

12.- Elaborar una política pública para garantizar el acceso de las mujeres al mínimo vital, en las comunidades indígenas de la entidad, atendiendo a las características específicas de cada una de las comunidades (Tepehuana, Huichol o Wixarika, mexicaneros, coras y tarahumaras).

13.- Promover las condiciones necesarias para garantizar la seguridad de las mujeres y sus hijas e hijos en los espacios públicos, exhortando a los ayuntamientos municipales en particular a asignar recursos específicos para realizar estas acciones.

En resumen, el Grupo de Trabajo señala que las conclusiones 2, 6 y 9 se encuentran en proceso de cumplimiento; las conclusiones 1, 3, 4, 7 y 12 se encuentran parcialmente cumplidas, y las conclusiones 5, 8, 10, 11 y 13, no se encuentran cumplidas.

Es por eso que, además de las recomendaciones como parte de la Alerta de Género, la Conavim pidió la elaboración de un programa estatal e integrar en cada uno de los municipios un consejo para promover, prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres

Las acciones deberán contener como mínimo las siguientes medidas:

MEDIDAS DE SEGURIDAD

La creación o fortalecimiento de los puntos de atención inmediata a mujeres en situación de violencia que consideren las dinámicas sociales de la población y la distribución de las comunidades.

La difusión masiva del número de emergencias 911, la coordinación estatal del número de emergencia deberá rendir un informe periódico a las instancias municipales y al sistema estatal respecto de las llamadas recibidas con el propósito de monitorear el comportamiento de los hechos violentos reportados.

El fortalecimiento de las agrupaciones municipales, estatales o mixtas, de seguridad pública especializadas en los casos de atención a la violencia contra las mujeres por razones de género.

Mapeo de los delitos cometidos en contra de las mujeres, particularmente los feminicidios, homicidios culposo, violencia sexual y trata, para generar políticas públicas focalizadas para la erradicación de la violencia.

Protocolo de atención a la violencia familiar a cargo de la policía de proximidad y el protocolo del primer respondiente de todos los municipios, así como el seguimiento de las órdenes de protección.

Diseño y aplicación de una estrategia diferenciada para la detección y atención de la violencia sexual y el embarazo en menores de 18 años.

MEDIDAS DE JUSTICIA Y REPARACIÓN

Garantizar la idoneidad del personal adscrito a las áreas especializadas de investigación de violencia contra las mujeres y niñas.

Creación del modelo de atención a víctimas de trata de personas y su protocolo para la identificación y atención.

Mecanismo que permita investigación y sanción de actos de autoridades omisas o negligentes que llevaron a la violación de los Derechos Humanos de las víctimas de violencia extrema y a la impunidad.

Un plan individualizado de la reparación integral del daño.

Diagnóstico de las capacidades institucionales en el ámbito de los servicios periciales y médico forenses, para identificar carencias en el ámbito de investigación para atender su fortalecimiento.

Fortalecimiento en la calidad de los servicios de defensoría de oficio en materia de violencia contra las mujeres y niñas.

La consolidación del Sistema de Registro de Información estadística sobre violencia contra las mujeres.

MEDIDAS DE PREVENCIÓN

La consolidación del Sistema de Registro de la Información Estadística sobre Violencia Contra las Mujeres en el estado de Durango que permita monitorear las tendencias de la violencia contra las mujeres, que deriven en políticas públicas efectivas.

Fortalecimiento de la emisión y seguimiento de medias de prevención y órdenes de protección.

Aplicación del programa estatal de capacitación en materia de Derechos Humanos y perspectiva de género con mecanismo de evaluación de resultados.

Capacitación y aplicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005 que habla sobre violencia familiar, sexual y contra las mujeres.

Programa Estatal de Interrupción Legal del Embarazo que garantice la coordinación institucional efectiva para el acceso a la interrupción legal del embarazo sin dilación.

Impulso de una estrategia cultural de no violencia contra las mujeres en el sector educativo, público y privado.

Acciones para asegurar los recursos financieros, humanos y materiales que permitan el adecuado desempeño de las instituciones de seguridad, salud, educación, procuración, administración de justicia y atención a las mujeres.

Fortalecimiento de acciones para incorporar a las mujeres al trabajo formal a través de programas de impulso a las pequeñas y medianas empresas, programas de microcréditos y emprendimiento empresarial.

El estado y los municipios con Alerta de Género deberán informar a la Secretaría de Gobernación, a través de la Conavim, un año posterior a la declaratoria, las acciones realizadas para el cumplimiento de las medidas.

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