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SCJN desecha recurso de Corral

Decisión. Corte desechó recurso presentado por Corral para que Ministro Eduardo Medina no revisara amparo de EPN por su amistad con él. (NOTIMEX)

Decisión. Corte desechó recurso presentado por Corral para que Ministro Eduardo Medina no revisara amparo de EPN por su amistad con él. (NOTIMEX)

AGENCIAS

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó un recurso de impedimento presentado por el gobernador de Chihuahua, el panista Javier Corral, para que el ministro Eduardo Medina Mora no esté al frente de la controversia constitucional que interpuso el Presidente Enrique Peña Nieto.

El mes pasado, el ministro Medina Mora otorgó un suspensión en contra de los actos de investigación y procesamiento por parte del gobierno y la Fiscalía de Chihuahua, contra el presidente Peña Nieto y su gabinete, ya sea de forma directa o indirecta.

Luis María Aguilar, ministro presidente de la SCJN, determinó desechar de plano tal petición debido a que el pleno de la Suprema Corte ha establecido que los impedimentos planteados en juicios de controversias constitucionales no proceden, pues en ellos no se ventilan intereses personales sino básicamente problemas competenciales.

Indicó que conforme a lo establecido por el Pleno de este Alto Tribunal, la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que regula las controversias constitucionales, no prevé la figura del impedimento por parte de los Ministros que integran este Alto Tribunal.

De ahí que, señaló, de considerar la procedencia de impedimentos tratándose de controversias constitucionales, éstos constituirían obstáculos que podrían ser insuperables para la resolución de dichos asuntos, pues originarían inseguridad jurídica ante un problema trascendente.

Además, la Corte consideró que la figura del impedimento es improcedente tratándose de una controversia constitucional, ya que a quien en realidad se está demandando es propiamente al Estado y no a la persona en quien recae esa representación, pues no estamos en presencia de una acción o de un interés de carácter personal.

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