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¿Qué incluye la Ley de Austeridad de Morena?

Morena, en la Cámara de Diputados, presentó una iniciativa con la que se buscaría implementar una Ley Austeridad. (ARCHIVO)

Morena, en la Cámara de Diputados, presentó una iniciativa con la que se buscaría implementar una Ley Austeridad. (ARCHIVO)

GABRIELA OROPEZA

A pocos meses de iniciar el mandato de Andrés Manuel López Obrador en la Presidencia de México, los representantes de su partido, Morena, en la Cámara de Diputados, presentaron una iniciativa con la que el mandatario buscaría implementar una Ley en la que ningún funcionario público y secretarios de Estado cuente con escoltas o vehículos blindados.

Se trata de la Ley de Austeridad Republicana, presentada por el diputado Manuel Rodríguez González que consta de 13 artículos donde se estipulan los siguientes puntos:

1.-Solamente los servidores públicos con alta responsabilidad en materia de seguridad podrán disponer de servicios de escolta

2.-Habrá una reducción de 28% en remuneración mensual de los diputados, donde la pasada Legislatura los representaban ganaban al mes, 128 mil 230 pesos, y donde se pretende disminuir mensualmente a 91 mil 507 pesos.

3.-Se cancelarán los seguros de vida institucional de gastos médicos mayores y de separación individualizada, así como también el fondo de ahorro mensual de 36 mil 723 pesos, esto sin tocar sus “bonos legislativos” de 74 mil 558 pesos, ni sus salarios de 73 mil 764 pesos al mes.

4.-Adiós a las pensiones de expresidentes. Quedarán prohibidas las pensiones de retiro de los jefes del Ejecutivo Federal, sólo se tendrá acceso a las que determine el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

5.-Los servicios públicos de la Federación recibirán los beneficios del sistema público de seguridad sociales correspondiente.

6.-Buscarán eliminar los “haberes de retiro” y regímenes especiales de jubilaciones y pensiones.

7.-Se busca no crear plazas adicionales a las autorizadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación, ni se aumenten sus dotaciones y contratación de servicios personales por honorarios, sólo que estén plenamente justificados.

8.-Los vehículos sólo podrán destinarse a actividades prioritarias y prestaciones de servicios directos a la población.

9.-Los viajes oficiales sólo se autorizan por ente público, dependencia, órgano desconcentrado o entidad y que resulten estrictamente necesarios.

10.-Queda prohibida la adquisición de boletos de viaje en servicios de primera clase o equivalente, así como la contratación de servicios privados de aerotransporte.

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