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OMBUDSMAN FISCAL

Desinmovilización de cuentas bancarias y cancelación de crédito fiscal

ANDRÉS LÓPEZ LARA

En esta oportunidad les comparto el caso de una contribuyente persona física que acudió a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) a presentar una Queja en contra de actos atribuidos a la Delegación Fiscal Nezahualcóyotl de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México (actuando con el carácter de coordinada en materia de impuestos federales),toda vez que ordenó la inmovilización de sus cuentas bancarias, sin que le diera a conocer los motivos y fundamentos de dicha actuación.

Dentro del trámite de la Queja, PRODECON requirió a la autoridad mencionada para que explicara por qué ordenó la inmovilización de las cuentas bancarias de la quejosa. Al rendir su informe señaló que mediante mandamiento de ejecución y requerimiento de pago de diciembre de 2002, inició el Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE) para cobrar un crédito fiscal en cantidad de $1'282,162.69, por concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al ejercicio fiscal de 1999.

También señaló la autoridad que el motivo de la inmovilización de los depósitos bancarios se originó por la "no localización" de la quejosa en su domicilio fiscal, por lo que solicitó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) la transferencia de los recursos que se localizaran a su nombre; sin embargo, dicha petición no se materializó.

En PRODECON analizamos la documentación que remitió laautoridad y advertimos que ya había transcurrido el plazo legal que la autoridad tiene para cobrar el crédito fiscal (ya habían prescrito sus facultades de cobro), por lo que se hicieron acciones de investigación con la Procuraduría Fiscal de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México, requiriéndole que declarara la prescripción.

En respuesta, la autoridad mencionada remitió el oficio por el que declaró la prescripción del aludido crédito fiscal. Esta información se dio a conocer a la contribuyente, quien mediante correo electrónico informó que sus recursos financieros continuaban inmovilizados, por lo que emitimos un nuevo requerimiento a la Delegación Fiscal Nezahualcóyotl de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México, para que acreditara la baja del adeudo a cargo de la promovente y la desinmovilización de sus depósitos bancarios. En su informe esa autoridad procedió a la baja del crédito fiscal y ordenó a la CNBV la liberación de sus cuentas bancarias.

Lo anterior se hizo del conocimiento de la contribuyente quien confirmó que se liberaron exitosamente sus cuentas bancarias y agradeció los servicios prestados por este Ombudsman fiscal.

Este caso nuevamente pone de manifiesto la eficacia de la Queja para solucionar las problemáticas de los pagadores de impuestos que no tienen una instancia legal, a través de un procedimiento sencillo que busca el acercamiento con las autoridades en un marco de confianza mutua.

Si usted tiene un problema como el descrito o cualquier otro que provenga de una autoridad fiscal federal, como son el SAT, IMSS, INFONAVIT o CONAGUA, así como de los Estados cuando actúan como coordinadas respecto de impuestos federales, PRODECON puede apoyarlo, por lo que lo invito a que se acerque a cualquiera de nuestras oficinas o a través de nuestra página electrónica www.prodecon.gob.mx.Le recuerdo que nuestros servicios son gratuitos.

Autor: Andrés López Lara, Subprocurador de Protección de los Derechos de los Contribuyentes de PRODECON. [email protected]

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Escrito en: ANDRÉS LÓPEZ LARA

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