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Sentencia sobre caso Ayotzinapa no será impugnada por CAEV

Expresó que es fundamental que las autoridades escuchen a los familiares de las víctimas, con el objetivo de garantizar el derecho a la reparación integral y determinar el concepto de compensación económica. (ARCHIVO)

Expresó que es fundamental que las autoridades escuchen a los familiares de las víctimas, con el objetivo de garantizar el derecho a la reparación integral y determinar el concepto de compensación económica. (ARCHIVO)

EL UNIVERSAL

La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) informó que no busca impugnar la sentencia que dictó el Primer Tribunal Colegiado de Decimonoveno Circuito de Tamaulipas sobre el caso Ayotzinapa, pero manifestó que para que haya una reparación integral del daño las autoridades deben escuchar a los padres de los 43 normalistas.

Indicó que los días 18 y 25 de junio la Procuraduría General de la República le notificó de la sentencia de los juicios de amparo relativos al Caso Iguala que dictó el tribunal, en la que se "establece un monto de ‘indemnización parcial’ arbitrario que se determinó sin escuchar a los padres de los 43 estudiantes".

La Comisión aseguró estar comprometida "con las víctimas del caso y sus representantes en su búsqueda de justicia y verdad; subrayamos que no existe una disposición institucional de combatir judicialmente la sentencia ampliamente referida, y si un compromiso de acompañamiento y protección de las víctimas".

Expresó que es fundamental que las autoridades escuchen a los familiares de las víctimas, con el objetivo de garantizar el derecho a la reparación integral y determinar el concepto de compensación económica.

Explicó que de acuerdo con lo estipulado en la Ley General de Víctimas (LGV) es obligación del Estado reparar a los afectados de manera oportuna, plena, integral y efectiva por el daño. Ese proceso debe incluir medidas de restitución, compensación y de no repetición.

Por ello, indicó que "la reparación integral a las víctimas en su dimensión económica no puede consistir en ‘un buen gesto del Estado’ como lo señala la sentencia", sino que ésta se debe realizar como se estipula en la ley.

"La sentencia dictada por el Tribunal Colegiado confunde las medidas de ayuda y reparación integral establecidas en la Ley General de Víctimas, la reparación integral no pretende atender ‘necesidades apremiantes’, sino restablecer un proyecto de vida", destacó.

Por esa razón a los afectados les corresponde recibir una reparación integral y medidas de apoyo que les permitan satisfacer sus necesidades inmediatas.

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Escrito en: 43 43 Ayotzinapa

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