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Trascendental decisión de Tribunal sobre caso Ayotzinapa

JESÚS CANTÚ

La sentencia, aprobada por votación unánime de los 3 Magistrados de un Tribunal Colegiado con sede en Tamaulipas, que obliga a reponer la investigación del caso de los 43 desaparecidos de Ayotzinapa y a integrar una Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia, integrada por familiares de los estudiantes desaparecidos, de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y del Ministerio Público, es un parteaguas en la impartición de justicia en México.

Los Magistrados se atrevieron a desechar la llamada "verdad histórica", que había defendido a "capa y espada" la Procuraduría General de la República y que responsabilizaba de los hechos a policías municipales e integrantes de la delincuencia organizada, lo cual hubiese sido suficiente para cumplir con su deber.

Sin embargo, fueron mucho más allá al afirmar que dado que hay evidencias de que muchas de las pruebas se consiguieron bajo tortura de los implicados y que otras afirmaciones carecen de soporte probatorio, así como, el hecho de que se haya dejado de "explorar siquiera las líneas de investigación que apuntaban a la participación de personal del Ejército Mexicano y de la Policía Federal, consideraron que la investigación no fue "independiente ni imparcial" y, por lo tanto, no únicamente ordenaron reponer la integración de la investigación, sino que establecieron condiciones para asegurar que ahora sí se realiza en forma independiente e imparcial.

Incluso, de acuerdo a lo que difundió el portal Animal Político, tras un análisis de la sentencia, establece que para la integración de la nueva averiguación la autoridad deberá seguir el modelo para la Investigación Legal de Ejecuciones Extralegales, Arbitrarias y Sumarias, conocido como "Protocolo de Minnesota" y que para investigar la presunta tortura de más de 20 de los detenidos, se debe recurrir a la aplicación del llamado "Protocolo de Estambul", por parte de peritos independientes, ya que en dicha investigación "no pueden participar peritos de la PGR, de las procuradurías estatales ni de ninguna otra de las dependencias a cuyo personal se atribuyen los actos de tortura (Policía Federal, Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de la Marina Armada de México, entre otras)".

Además obliga al Ejército y cuerpos castrenses a abrir sus instituciones para la búsqueda de datos que permitan conocer lo sucedido con los estudiantes, otro de los puntos que había sido motivo de confrontación, particularmente con el Titular de la Secretaría de Defensa Nacional, que se negaba a ello.

La sentencia del Tribunal está en consonancia con lo que en el pasado habían afirmado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el Alto Comisionado de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) e incluso recoge muchas de las mismas puntualizaciones.

La sentencia coincidió en el tiempo con el primer Informe de Balance del Mecanismo de Seguimiento del Caso Ayotzinapa (MESA), que representantes de la CIDH presentaron el pasado miércoles y, como era de esperarse, respaldaron totalmente y celebraron la sentencia del Tribunal Colegiado, pues como señalaron explícitamente válida los señalamientos y recomendaciones que habían hecho las instancias ya señaladas previamente.

"Lo valioso hoy del Estado mexicano es que su sistema judicial alcanza una sentencia que yo, como ex miembro de la justicia de mi país, reconozco como trascendente", dijo de acuerdo a lo publicado en el portal ya señalado.

Sin embargo, la vocera de la MESA, la comisionada de la CIDH Esmeralda A. De Troitiño, señaló además la falta de celeridad por parte de la PGR para continuar con las investigaciones y la integración del expediente y de manera especial que hasta hoy no hay ninguna persona consignada por el delito de desaparición forzada. Igualmente destacó lo absurdo que después que "hoy a más de tres años, el paradero de los estudiantes desaparecidos, sigue siendo desconocido. Siguen pendientes, abiertas, una gama de líneas de investigación que deben profundizarse para obtener mejores resultados en las investigaciones apegada a la verdad de los hechos", según divulgó el periódico Excélsior.

Por los señalamientos y recomendaciones de todas las instancias internacionales era evidente que la investigación estaba mal integrada y era incompleta, sin embargo la insistencia de la PGR de aferrarse a su llamada "verdad histórica" y la resistencia de otras instancias del Poder Ejecutivo, particularmente la Sedena para abrirse a la investigación por parte de terceros, parecían conducir inevitablemente a que la versión de la PGR fuera la que prevaleciera jurídicamente.

Precisamente por ello es trascedente el fallo del Tribunal Colegiado, primero porque muestra la independencia del Poder Judicial, que se atreve nuevamente (en los otros casos había sido el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como en el de Florence Cassez) a revertir las versiones fabricadas desde el Ejecutivo.

Y en este caso la trascendencia es todavía mayor porque decide ir más allá de la únicamente ordenar la reposición del proceso de investigación o la liberación de los detenidos, por fallas en el debido proceso, sino que ordena reponerlo pero se atreve a establecer condiciones que garanticen la independencia e imparcialidad del mismo, dándole una participación relevante a los familiares de las víctimas y a la instancia garante de los Derechos Humanos en México.

Por supuesto que la fórmula sería imposible de replicar en todos los casos, pero es una opción válida ante la ausencia de una Fiscalía General autónoma e independiente y la cerrazón del Poder Ejecutivo. La sentencia abona al equilibrio de poderes tan anhelada en México.

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