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Ss cuenta con un protocolo de atención a comunidad LGBTTTI

Trato digno. El documento establece que la orientación sexual no deberá considerarse como patología bajo ninguna circunstancia. (EL SIGLO DE TORREÓN)

Trato digno. El documento establece que la orientación sexual no deberá considerarse como patología bajo ninguna circunstancia. (EL SIGLO DE TORREÓN)

EDITH GONZÁLEZ

La Secretaría de Salud cuenta con un Protocolo para el Acceso sin Discriminación a la Prestación de Servicios de Atención Médica de las Personas Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti Transgénero e Intersexual (LGBTTTI).

El protocolo establece las bases para generar un cambio en la actuación del personal operativo que labora en las unidades médicas, así como las políticas internas, procedimientos administrativos y operativos que deben implantarse para el cumplimiento de lo establecido en el documento, según informó la dependencia en el marco del Día Internacional de la Lucha contra la Homofobia que se conmemora el 17 de mayo. Dice que la orientación sexual no deberá considerarse como patología bajo ninguna circunstancia y por lo tanto, la Secretaría tiene la obligación de que su personal sea capacitado en este tema. Pide al personal médico dar a las y los pacientes un trato digno y no discriminatorio. También establece que el personal médico deberá facilitar el acceso de las personas cercanas a las y los pacientes, ya sean sus parejas, familia o gente de confianza, para la toma de decisiones.

Hace responsable a los o las titulares de las unidades de salud sobre la interposición de las denuncias correspondientes en caso de que se cometa un acto discriminatorio por parte del personal. También pide lanzar campañas para la prevención de enfermedades dirigidas a la comunidad LGBTTTI. Para los menores transexuales, a petición de los padres, pide conformar un equipo multidisciplinario para el uso de bloqueadores de la pubertad, con el propósito de postergar el desarrollo de los caracteres sexuales secundarios y dar más tiempo a la decisión de el o la menor para un proceso de hormonización. Asimismo, contiene guías específicas de referencia para niños, niñas y adolescentes; intersexualidad y variación en la diferenciación sexual; mujeres lesbianas y bisexuales; hombres gay y bisexuales, y personas transgénero.

En línea

Se puede consultar

⇒ El protocolo está disponible en www.gob.mx/salud

⇒ Se puede encontrar con el nombre "Protocolo para el Acceso sin Discriminación a la Prestación de Servicios de Atención Médica de las Personas Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual (LGBTTTI)

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Escrito en: Comunidad LGBT

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